RESOLUCION, Nº 036-2019-SUNASS-CD, ORGANISMOS REGULADORES, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO - Aprueban Reglamento del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios de los Servicios de Saneamiento de SUNASS-RESOLUCION-Nº 036-2019-SUNASS-CD

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Fecha de la disposición 5 de Noviembre de 2019

Lima, 5 de noviembre de 2019

VISTO:

El Informe Nº 006-2019-SUNASS-TRASS mediante el cual el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios de los Servicios de Saneamiento-TRASS, presenta el proyecto de “Reglamento del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios de los Servicios de Saneamiento”.

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el literal c) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la SUNASS tiene la facultad exclusiva de dictar, en el ámbito y en materia de su respectiva competencia, las normas que regulen los procedimientos a su cargo.

Que, de otra parte, de acuerdo al literal t) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo N° 145-2019-PCM, dentro de las funciones del Consejo Directivo, se encuentra la de aprobar el reglamento interno del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de los Usuarios de los Servicios de Saneamiento-TRASS.

Que, asimismo, considerando que, durante los últimos años, se ha producido un incremento continuo en el ingreso de expedientes de apelación elevados por los prestadores; se requiere adoptar acciones que permitan optimizar el funcionamiento de dicho tribunal administrativo, y asegurar el cumplimiento de las garantías del debido procedimiento para los administrados.

Que, en atención a lo anteriormente expuesto resulta necesaria la emisión del Reglamento del TRASS.

De conformidad con lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones de SUNASS, estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su sesión del 11 de octubre de 2019 y, con la conformidad de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General.

SE RESUELVE:

Artículo 1º Aprobar el Reglamento del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios de los Servicios de Saneamiento de SUNASS, que como anexo forma parte de la presente resolución.
Artículo 2º Disponer la publicación de la presente resolución y de su anexo en el diario oficial El Peruano, así como en el portal institucional de SUNASS (www.sunass.gob.pe).
Artículo 3º La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Jacqueline Kam Paredes

Presidente Ejecutivo (e)

Artículo 1 Alcance

El presente Reglamento regula la organización y el funcionamiento del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de los Usuarios de los Servicios de Saneamiento (TRASS) de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS).

Artículo 2 Competencia del TRASS

El TRASS es competente para ejercer en segunda y última instancia administrativa, la función resolutiva de la SUNASS de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Reclamos de Usuarios de los Servicios de Saneamiento y otras normas que resulten aplicables.

Artículo 3 Funciones

Las funciones del TRASS se encuentran establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNASS, en el Reglamento General de Reclamos de Usuarios de los Servicios de Saneamiento, en adelante REGLAMENTO y otras normas que resulten aplicables.

Artículo 4 Autonomía

El TRASS es funcionalmente autónomo y rige su actuación por el presente Reglamento y por las normas que lo complementen.

Artículo 5 Secretaría Técnica del TRASS

El TRASS cuenta con una Secretaría Técnica cuyas funciones se encuentran establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones, en adelante el ROF y en el presente reglamento.

Artículo 6 Conformación del TRASS

El TRASS se compone por una sala colegiada y dos salas unipersonales.

A solicitud del presidente del TRASS y previo informe de la Secretaría Técnica, el Consejo Directivo podrá disponer la constitución de salas colegiadas o unipersonales adicionales en función a la carga procesal o especialización que se requiera.

Artículo 7 Salas Unipersonales

Las sesiones de las salas unipersonales serán permanentes y se desarrollarán en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR