DECRETO SUPREMO, N° 023-2019-IN, PODER EJECUTIVO, INTERIOR - Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional Multisectorial de Lucha Contra el Terrorismo 2019 - 2023-DECRETO SUPREMO-N° 023-2019-IN

Fecha de publicación17 Octubre 2019
Fecha de disposición17 Octubre 2019
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Procesal

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, conforme a los artículos 1 y 44 de la Constitución Política del Perú, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; siendo deberes primordiales de este último, defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad, y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;

Que, el numeral 1 del artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone como competencia exclusiva del Poder Ejecutivo diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno;

Que, dentro de las Políticas del Acuerdo Nacional, la Política de Estado N° 1 “Fortalecimiento del régimen democrático y del Estado de Derecho”, establece el compromiso de consolidar el régimen democrático y el Estado de derecho para asegurar un clima de estabilidad y cooperación política, promover la competencia democrática y garantizar elecciones libres y transparentes, el pluralismo y la alternancia en el poder, declarando que la democracia representativa es la base de la organización del Estado de derecho, que se refuerza y profundiza con la participación ciudadana permanente, ética y responsable, en el marco de la constitucionalidad;

Que, las Políticas de Estado N° 4 “Institucionalización del diálogo y la concertación” y 30 “Eliminación del terrorismo y afirmación de la Reconciliación Nacional” establecen los compromisos de fomentar el diálogo y la concertación entre todas las organizaciones, tanto políticas como de la sociedad civil, en base a la tolerancia, la afirmación de las coincidencias y el respeto a las diferencias de identidad, garantizando las libertades de pensamiento y de propuesta; además de eliminar el terrorismo con una estrategia integral para su erradicación, observando la plena vigencia de los derechos humanos y el debido proceso, al mismo tiempo, continuar con la reconciliación nacional bajo el convencimiento que solo en un clima de paz y concordia el Perú derrotará la pobreza y alcanzará el bienestar;

Que, el Eje Estratégico 1 del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, denominado Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2011-PCM, establece como objetivo nacional la “Plena vigencia de los derechos fundamentales y la dignidad de las personas”, dentro del cual se considera como objetivo específico 1 la “Vigencia plena y ejercicio efectivo de los derechos y libertades fundamentales”;

Que, asimismo, el Eje Estratégico 3 del referido Plan Estratégico establece como un objetivo nacional un “Estado democrático y descentralizado que funciona con eficacia, eficiencia y articuladamente entre sus diferentes sectores y los tres niveles de gobierno al servicio de la ciudadanía y el desarrollo, garantizando la seguridad nacional”, contemplando como objetivos específicos 3 y 4 el “Fortalecimiento de la paz...

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