LEY, N° 30994, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley del Deportista de Alto Nivel-LEY-N° 30994
Emisor | CONGRESO DE LA REPUBLICA |
Fecha de la disposición | 16 de Agosto de 2019 |
LEY Nº 30994
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DEL DEPORTISTA DE ALTO NIVEL
ASPECTOS GENERALES
La presente ley tiene por objeto establecer normas y medidas destinadas a facilitar la formación, contribuir a la preparación y asegurar el retiro del deportista calificado de alto nivel en condiciones dignas.
Para efecto de la presente ley entiéndase por:
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Deporte competitivo, a la práctica institucionalizada regida por normas y códigos de conducta deportiva cuyo objetivo es obtener resultados.
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Deporte de alto nivel, a la práctica de especialidades deportivas de alta exigencia cuya denominación y regulación la realiza el Instituto Peruano del Deporte (IPD).
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Deportista calificado, al que obtiene resultados a nivel nacional y participa en eventos internacionales oficiales sin resultados.
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Deportista calificado de alto nivel, al que representa al país en eventos internacionales oficiales y obtiene resultados conforme a lo establecido por la Ley 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, y normas complementarias.
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Deportista de alto nivel con discapacidad, al que se encuentra inscrito en el Registro del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) y cumple con los requisitos establecidos por el Instituto Peruano del Deporte (IPD) en coordinación con otros organismos vinculados.
DE LA CONTRATACIÓN Y OTROS BENEFICIOS
El Estado a través del Ministerio de Educación y el Instituto Peruano del Deporte, suscribe contrato laboral especial con los deportistas de alto nivel, a fin de reconocer su esfuerzo y dedicación al deporte mientras califiquen como deportistas de alto nivel.
El contrato laboral especial a ser suscrito, está sujeto a los alcances del Decreto Legislativo 728.
El contrato especial para el deportista de alto nivel se regula según las disposiciones que dicte el Poder Ejecutivo.
El Estado establece las condiciones y los requisitos para que los deportistas de alto nivel gocen de una pensión acorde con el período de sus aportes, desde su formación hasta su retiro.
El Instituto Peruano del Deporte (IPD) en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo puede...
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