DECRETO SUPREMO, N° 009-2019-MINEDU, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30949, Ley que premia a los atletas medallistas en los XVIII Juegos Panamericanos y VI Juegos Parapanamericanos Lima 2019-DECRETO SUPREMO-N° 009-2019-MINEDU
Emisor | EDUCACION |
Fecha de la disposición | 19 de Julio de 2019 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30949, Ley que premia a los atletas medallistas en los XVIII Juegos Panamericanos y VI Juegos Parapanamericanos Lima 2019, se reconoce a los atletas que representando a nuestro país en estos eventos obtengan medallas de oro, plata o bronce, como beneficiarios con la adjudicación a título gratuito de una vivienda en la denominada Villa Panamericana y Parapanamericana, ubicada en el predio de mayor extensión denominado Parque Zonal Nº 26–Complejo Biotecnológico Lote PZ 26, del distrito de Villa El Salvador; estableciendo que la entrega de las viviendas se realizará una vez concluido el evento deportivo, y luego de expedida la resolución suprema correspondiente, y en acto público;
Que, la Única Disposición Complementaria Final de la citada Ley, establece que el Poder Ejecutivo dicta las normas reglamentarias pertinentes para su aplicación;
Que, en este sentido, resulta necesario regular las reglas y el procedimiento para la adjudicación de las viviendas que se les asignará a los/las atletas que hayan obtenido medallas de oro, plata y bronce;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 30949, Ley que premia a los atletas medallistas en los XVIII Juegos Panamericanos y VI Juegos Parapanamericanos Lima 2019; y en el numeral 3 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Apruébase el Reglamento de la Ley Nº 30949, Ley que premia a los atletas medallistas en los XVIII Juegos Panamericanos y VI Juegos Parapanamericanos Lima 2019, el mismo que consta de tres (3) títulos y ocho (8) artículos, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
La implementación de lo establecido en la presente norma, se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Educación y la Ministra de Transportes y Comunicaciones.
Única.- Aprobación de disposiciones legales complementarias
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones podrá aprobar las disposiciones legales complementarias que resulten pertinentes, a efectos de realizar las acciones bajo su competencia, establecidas en el Reglamento aprobado mediante el presente Decreto Supremo.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a...
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