RESOLUCION DE ALCALDIA, Nº 293-2019-MDB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE BARRANCO - Designan Auxiliar Coactivo de la Municipalidad-RESOLUCION DE ALCALDIA-Nº 293-2019-MDB

EmisorMUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Fecha de la disposición 2 de Julio de 2019

Barranco, 2 de julio de 2019

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

BARRANCO

VISTO:

El Informe N° 001-2019-CC-CAS-06-2019-CC-MDB, emitido por los miembros del Comité del Proceso CAS N° 006-2019-MDB y el Memorándum N° 021-2019-GM/MDB de fecha 02 de julio del 2019;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 194 que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía administrativa de la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción de ordenamiento jurídico, conforme lo desarrolla el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, que Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, indica que el artículo 7°, numeral 7.1), que la designación del Ejecutor Coactivo, como la del Auxiliar Coactivo, se efectuará mediante concurso público de méritos. Asimismo, el numeral 7.2), estipula que: Tanto el Ejecutor como el Auxiliar Coactivo ingresarán como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva;

Que, la norma citada en el párrafo precedente, no establece el régimen laboral ni del Ejecutor, ni del Auxiliar Coactivo, pero la Ley N° 27204, precisa que los precitados...

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