RESOLUCION, N°143 -2019-SUNARP/SN, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS - Disponen la simplificación y reemplazo de diversos requisitos de los procedimientos de inscripción registral previstos en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas, en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Sociedades y en la Directiva que regula la inscripción de Reservas Indígenas, y emiten otras disposiciones-RESOLUCION-N°143 -2019-SUNARP/SN

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Fecha de la disposición17 de Julio de 2019

Disponen la simplificación y reemplazo de diversos requisitos de los procedimientos de inscripción registral previstos en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas, en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Sociedades y en la Directiva que regula la inscripción de Reservas Indígenas, y emiten otras disposiciones

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

N° 143-2019-SUNARP/SN

Lima, 16 de julio de 2019

VISTO:

El Informe Técnico N° 023-2019-SUNARP/DTR del 03 de julio de 2019, de la Dirección Técnica Registral; el Informe Nº 534-2019-SUNARP/OGAJ del 02 de julio de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 10 de la Ley N° 26366, Ley que crea el Sistema Nacional y la Superintendencia de los Registros Públicos, señala que la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional. Asimismo, está habilitada para regular procedimientos administrativos de inscripción registral y sus requisitos, que incluye también establecer plazos del procedimiento registral;

Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, establece disposiciones para la implementación del Análisis de Calidad Regulatoria; así también, señala que todas las entidades del Poder Ejecutivo deben realizar dicho análisis, respecto a las normas de alcance general que establecen procedimientos administrativos;

Que, según lo dispuesto en el numeral 2.12 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310 incorporado por el Decreto Legislativo Nº 1448, como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria las entidades del Poder Ejecutivo, cuando corresponda, quedan obligadas a emitir las disposiciones normativas pertinentes para eliminar o simplificar requisitos; así como a adecuar y depurar las disposiciones normativas que establecían los procedimientos administrativos no ratificados;

Que, en su oportunidad, el artículo 15 del Reglamento para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria de procedimientos administrativos establecidos en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2017-PCM, ahora derogado por el Decreto Supremo N° 061-2019-PCM, dispuso que para la aplicación del análisis de calidad regulatoria de las disposiciones normativas vigentes, las entidades del Poder Ejecutivo deben remitir a la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria el análisis de cada procedimiento administrativo a iniciativa de parte en el plazo establecido en el Cronograma aprobado en el Anexo del acotado Decreto Supremo, siendo en el caso del Sector Justicia y Derechos Humanos hasta el 31 de enero de 2018;

Que, mediante resolución de Secretaria General N° 198-2017-SUNARP/SG del 25 de agosto de 2017, modificada por la resolución de Secretaria General N° 209-2017-SUNARP/SG del 18 de setiembre de 2017, así como por las resoluciones de la Gerencia General Nros. 071 y 008-2019-SUNARP/GG del 31 de julio de 2018 y 21 de enero de 2019, respectivamente, se...

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