RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 278-2019-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Disponen la entrada en vigencia de la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley N° 29497, en el Distrito Judicial de Puno y dictan otras disposiciones-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 278-2019-CE-PJ

Fecha de disposición03 Julio 2019
Fecha de publicación11 Julio 2019
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónSección Única

Lima, 3 de julio de 2019

VISTOS:

El Oficio N° 425-2019-P-ETIINLPT-CE-PJ cursado por el doctor Héctor Enrique Lama More, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; e Informe N° 175-2019-ST-ETII NLPT-CE-PJ elaborado por la Secretaría Técnica del referido Equipo Técnico.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, por Resolución Administrativa N° 148- 2019-CE-PJ, de fecha 3 de abril de 2019, se dispuso la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley N° 29497, en la Corte Superior de Justicia de Puno para el año 2019.

Segundo. Que, mediante las Resoluciones Administrativas Nros 232 y 248-2019-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo dispuso la implementación de órganos jurisdiccionales laborales con competencia en la tramitación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en la Corte Superior de Justicia de Puno.

Tercero. Que, el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, informa lo siguiente:

Identificación de órganos jurisdiccionales

  1. Los órganos necesarios para implementar la Nueva Ley Procesal del Trabajo en la Corte Superior de Justicia de Puno están operando adecuadamente, siendo necesario delimitar sus competencias, considerando el análisis realizado mediante los Informes Nros. 135, 136 y 159-2019-ETII.NLPT-ST-CE/PJ; y que fueron aprobados por el Consejo Ejecutivo mediante las Resoluciones Administrativas N° 232 y 248-2019-CE-PJ.

  2. Adicionalmente al punto anterior, se ha considerado conveniente implementar las siguientes medidas administrativas para la adecuada implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo:

    - Que la Sala Laboral de Puno conozca la tramitación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, el Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional y la liquidación en la Ley N° 26636, con competencia territorial en todas las provincias del Distrito Judicial de Puno, con turno abierto.

    - A fin de evitar confusiones de que exista más de un Juzgado de Paz Letrado Laboral, consideramos adecuado renombrar al 4° Juzgado de Paz Letrado Laboral - Zona Sur, como Juzgado de Paz Letrado Laboral - Zona Sur.

    - Debido a la baja carga procesal existente, los Juzgados de Paz Letrado y los Juzgados Mixtos ubicados en la sede de Sandia y Macusani deberán atender los procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, en adición a sus funciones.

    - Debido que las sedes de Puno y Juliaca presentan las condiciones para que funcione el Módulo Corporativo Laboral, consideramos adecuado implementar el Módulo Corporativo Laboral - Zona Norte: Conformado por el Juzgado de Paz Letrado Laboral - Zona Norte y el Juzgado de Trabajo - Zona Norte; y el Módulo Corporativo Laboral - Zona Sur...

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