ORDENANZA, Nº 005-2018-GRA/CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH - Ordenanza que aprueba modificar la conformación del Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de la Región Ancash - “COREMYPE”-ORDENANZA-Nº 005-2018-GRA/CR

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE ANCASH
Fecha de la disposición22 de Junio de 2019

(Se publica la siguiente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de Ancash, mediante Oficio Nº 1478-2019-GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH/SG, recibido el 20 de junio de 2019)

Huaraz, 6 de julio del 2018

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE

ANCASH

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO

REGIONAL DE ANCASH

VISTOS:

En Sesión Ordinaria del Consejo Regional Ancash, llevada a cabo en la Ciudad de Huaraz el día cinco de Julio del dos mil dieciocho; el Dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, inherente a la Modificación de la Ordenanza Regional Nº 006-2005-REGION ANCASH/CR que Crea el Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de la Región Ancash - COREMYPE; y,

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico imperante; de acuerdo a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680 y Ley Nº 30305 y el Artículo 192º establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; dispositivo concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

Que, la Constitución Política del Perú según el Artículo 58º establece que la iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país y, actúa principalmente en las áreas de promoción, de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura. Respecto al Rol Económico del Estado señala en el Artículo 59º y el Artículo 60º dispone: El Estado reconoce el pluralismo económico. La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional. La actividad empresarial, pública o no pública, recibe el mismo tratamiento legal;

Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su Artículo 35º precisa entre otras, como competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales: La planificación del desarrollo integral de su...

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