DECRETO DE ALCALDIA, Nº 003-2019-MPH-BCA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROV. DE HUALGAYOC - Aprueban Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios 'Únete al Cambio Reciclando 2019'-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 003-2019-MPH-BCA

EmisorMUNICIPALIDAD PROV. DE HUALGAYOC
Fecha de la disposición22 de Abril de 2019

Bambamarca, 22 de abril del 2019

POR CUANTO:

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE BAMBAMARCA

VISTO:

El Informe Nº 223-2019-MPH/GAS, de fecha 10 de abril de 2019, emitido por el Gerente del Ambiente y Saneamiento y el Informe Legal Nº 332-2019-MPH-BCA/GAJ, de fecha 22 de abril de 2019, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre autorización para que se formalice la implementación del Programa de Segregación en Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo;

Que, el numeral 22 del artículo de la Constitución Política del Perú precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, lo que desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligación de los propios particulares, de mantener las condiciones en que la vida humana exista en un entorno ambientalmente digno y aceptable donde las personas puedan disfrutar en un ambiente en que sus elementos se desarrollen e interrelaciona de manera natural y armónica;

Que, el artículo 73º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones señaladas en el capítulo II del presente título, con carácter exclusivo o compartido, en las materias de saneamiento ambiental, salubridad y salud.

Que, el artículo 1º, del título preliminar, Ley General del Ambiente Nº 28611, establece que la Gestión de los residuos sólidos de origen doméstico, comercial o que siendo de origen distinto presentan características similares a aquellos, son de responsabilidad de los gobiernos locales. Asimismo, por ley se establece el régimen de gestión y manejo de los residuos sólidos municipales; en el Art. 119º.1 de la misma Ley se dispone que “Las autoridades sectoriales...

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