DECRETO SUPREMO, N° 009-2019-SA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30646, Ley que regula el descanso físico adicional del personal de la salud por exposición a radiaciones ionizantes o sustancias radiactivas-DECRETO SUPREMO-N° 009-2019-SA
Emisor | SALUD |
Fecha de la disposición | 28 de Abril de 2019 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 7 de la Constitución Política del Perú, establece que todas las personas tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa;
Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;
Que, la Ley N° 30646, Ley que regula el descanso físico adicional del personal de la salud por exposición a radiaciones ionizantes o sustancias radiactivas, establece que el personal de la salud que labora expuesto a radiaciones ionizantes o sustancias radiactivas goza, además de su periodo vacacional, de un descanso físico adicional semestral de diez días calendario;
Que, en la Única Disposición Complementaria Final de la precitada Ley establece que el Poder Ejecutivo reglamentará la referida norma;
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1161 se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificada por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, en cuyo numeral 7 del artículo 3 se establece que es competencia del Ministerio de Salud, los recursos humanos en salud;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 232-2018/MINSA, de fecha 19 de marzo de 2018, se conformó la Comisión Sectorial encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley N° 30646, Ley que regula el descanso físico adicional del personal de la salud por exposición a radiaciones ionizantes o sustancias radiactivas;
Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el Reglamento de la Ley N° 30646, Ley que regula el descanso físico adicional del personal de la salud por exposición a radiaciones ionizantes o sustancias radiactivas, estableciendo los procedimientos que permitan al personal de la salud acceder al referido descanso físico adicional;
De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, el numeral 3 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificada por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud;
DECRETA:
Apruébese el Reglamento de la Ley N° 30646, Ley que regula el descanso físico adicional del personal de la salud por exposición a radiaciones ionizantes o sustancias radiactivas, que en documento adjunto forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Publíquese el presente Decreto Supremo en el Diario Oficial “El Peruano”, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa/).
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Salud y la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE
Presidente del Consejo de Ministros
ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES
Ministra de Salud
SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
El presente reglamento tiene por objeto regular los procedimientos que permitan al personal de la salud acceder al descanso físico adicional establecido en la Ley N° 30646, Ley que regula el descanso físico adicional del personal de la salud por exposición a radiaciones ionizantes o sustancias radiactivas.
Para efectos de lo dispuesto en la Ley...
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