Resolución nº 733-2019/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 10 de Abril de 2019

Fecha de Resolución10 de Abril de 2019
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente99-2019/CC1-APE

Lima, 10 de abril de 2019

ANTECEDENTES

  1. El 23 de noviembre de 2018, el señor Chuquimia denunció al Banco por presuntas infracciones a la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor1 (en adelante, Código)2.

  2. Por Resolución Final N° 0133-2019/PS2 del 25 de enero de 2019, el OPS emitió el siguiente pronunciamiento:

    (i) Sancionó al Banco con 1,71 UIT, por haber incurrido en infracción a los artículos 1 literal c), 18 y 19 del Código.

    (ii) Ordenó al Banco, como medida correctiva, que cumpla con abonar S/ 7 220,00 en la cuenta de ahorros del denunciante, por concepto de las operaciones cuestionadas, más los intereses dejados de percibir desde el cargo de las operaciones hasta la fecha de cumplimiento de la medida correctiva, de conformidad con la tasa de rendimiento pactada.

    (i) Ordenó al Banco, el pago de costas y costos del procedimiento; y, dispuso su inscripción en el Registro de Infracciones y Sanciones del Indecopi.

    [1] 1 Publicado el 2 de setiembre del 2010 en el Diario Oficial El Peruano, vigente a partir del 2 de octubre de 2010 y modificado por

    Decreto Legislativo N° 1308.

    [2] 2 Por Resolución N° 1 del 30 de noviembre de 2018, el OPS admitió a trámite la denuncia presentada, considerando lo siguiente:

    “PRIMERO: Iniciar un procedimiento administrativo sancionador contra BBVA Banco Continental por una presunta infracción a lo establecido en los artículos 1° literal c), 18° y 19°del Código de Protección y Defensa del Consumidor, en tanto habría autorizado indebidamente tres (3) retiros con cargo a la cuenta de ahorros N° 011**********1716 del señor Ludwin Alexander Chuquimia Velázquez, los cuales no reconoce, pues fue víctima de hurto en la ciudad de Río de Janeiro:

    FECHA DETALLE IMPORTE S/

    06/10/2018 5AUT. COM DB 220,00

    06/10/2018 5AUT. COM DB 3 000,00 06/10/2018 5AUT. COM DB 4 000,00

    (…)”

    1

  3. El 19 de febrero de 2019, el Banco interpuso un recurso de apelación contra la Resolución Final N° 0133-2019/PS2, señalando lo siguiente:

    (i) Considera excesiva la sanción impuesta, pues se habría sancionado sin realizar una adecuada motivación de la conducta imputada.

    (ii) El sistema de monitoreo funcionó adecuadamente y las operaciones se realizaron válidamente con el uso conjunto de la tarjeta de débito y la clave secreta, la cual es solo de conocimiento del propio denunciante, pero aún así el OPS lo sanciona sin haber brindado una debida motivación y sin haber valorado adecuadamente los medios...

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