RESOLUCION SUPREMA, N° 098-2019-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos peruanos y disponen su presentación a la República Italiana y a la República Argentina-RESOLUCION SUPREMA-N° 098-2019-JUS

Fecha de disposición13 Abril 2019
Fecha de publicación14 Abril 2019
MateriaDerecho Internacional
SecciónSección Única

Lima, 13 de abril de 2019

VISTO; el Informe Nº 020-2019/COE-TPC, del 6 de febrero de 2019, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano HÉCTOR FILIMÓN YRRIBARREN ÁVALOS a la República Italiana, formulada por la Segunda Sala Superior Penal Liquidadora Permanente de Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia del Callao, para ser procesado por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de drogas, en agravio del Estado; y por el delito de falsificación de documentos, en agravio del Estado peruano y la República de Costa Rica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú, dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 12 de diciembre de 2018, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano HÉCTOR FILIMÓN YRRIBARREN ÁVALOS a la República Italiana, formulada por la Segunda Sala Superior Penal Liquidadora Permanente de Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia del Callao, para ser procesado por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de drogas, en agravio del Estado; y por el delito de falsificación de documentos, en agravio del Estado peruano y la República de Costa Rica (Expediente Nº 10-2018);

Que, el inciso a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa remitido por el órgano jurisdiccional...

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