DECRETO SUPREMO, N° 002-2019-MINCETUR, PODER EJECUTIVO, COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO - Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1329, Decreto Legislativo que crea el Programa “Turismo Emprende”-DECRETO SUPREMO-N° 002-2019-MINCETUR
Fecha de publicación | 26 Febrero 2019 |
Fecha de disposición | 26 Febrero 2019 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1329, se crea el Fondo “Turismo Emprende”, cuyo objetivo es promover la creación, desarrollo y consolidación de emprendimientos privados vinculados a la actividad turística que contemplen aspectos de conservación, uso sostenible y desarrollo económico, a través del financiamiento y/o cofinanciamiento de dichos emprendimientos turísticos para promover la diversificación de la oferta turística del país;
Que, mediante Ley N° 30547, se incorpora la Tercera Disposición Complementaria Final al Decreto Legislativo N° 1329, que crea el Fondo “Turismo Emprende”, disponiendo que toda mención a la expresión ‘Fondo’ entiéndase que esta hace referencia al ‘Programa’”;
Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2017-MINCETUR se aprobó el Reglamento del citado Decreto Legislativo N° 1329, que crea el Programa “Turismo Emprende”;
Que, el Viceministerio de Turismo ha presentado una nueva propuesta de Reglamento que recoge la experiencia de la selección de beneficiarios del Fondo “Turismo Emprende”, realizada en los años 2017 y 2018, acorde al objetivo del Programa, por lo que resulta necesario aprobar un nuevo Reglamento;
De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1329, Decreto Legislativo que crea el Fondo “Turismo Emprende” y la Ley Nº 30547, Ley que incorpora la Tercera Disposición Complementaria Final al Decreto Legislativo N° 1329, Decreto Legislativo que crea el Fondo Turismo Emprende;
DECRETA:
Apruébese el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1329, Decreto Legislativo que crea el Programa “Turismo Emprende”, el cual consta de cinco (05) capítulos, veintidós (22) artículos y una (01) Disposición Complementaria Final, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
El presente Decreto Supremo y el Reglamento aprobado en el artículo 1, son publicados en el Diario Oficial “El Peruano”, así como en el Portal Institucional del MINCETUR (www.mincetur.gob.pe).
El presente Decreto Supremo y su Reglamento entran en vigencia al día siguiente de la publicación.
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo.
Única.- Procesos en trámite
Los procesos iniciados durante la vigencia del Reglamento del Programa “Turismo Emprende” aprobado por Decreto Supremo N° 005-2017-MINCETUR, y que a la fecha de entrada en vigencia del presente dispositivo aún se encuentren en trámite, continuarán llevándose a cabo bajo el mismo marco normativo hasta su culminación.
Única.- Derogación
Deróguese el Decreto Supremo N° 005-2017- MINCETUR.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
EDGAR M. VÁSQUEZ VELA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
La presente norma tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias para la operación y ejecución del Programa “Turismo Emprende”, creado mediante Decreto Legislativo N° 1329.
El presente Reglamento es de aplicación para todos los órganos que gestionan el Programa, así como para las personas naturales y jurídicas, vinculadas a la actividad turística, que participan en el Programa o son beneficiarias del mismo.
El Programa tiene como finalidad promover la creación, desarrollo y consolidación de emprendimientos privados vinculados a la actividad turística que contemplan aspectos de conservación, uso sostenible y desarrollo económico, en el marco del Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR.
La operación y ejecución del Programa se rige por los siguientes principios:
4.1 Enfoque de demanda: El Programa busca priorizar áreas geográficas en base a propuestas orientadas a satisfacer una demanda turística actual o potencial identificada.
4.2 Imparcialidad: Las propuestas de emprendimiento son evaluadas en estricta aplicación del Reglamento y Bases del concurso, así como en atención a los criterios técnicos que permitan determinar objetivamente el tratamiento equitativo a los participantes.
4.3 Pluralidad: El Programa busca crear mecanismos que faciliten la participación de la mayor cantidad de personas naturales y jurídicas (micro y pequeñas empresas).
4.4 Sustentabilidad: Las propuestas de emprendimiento deben fomentar el aprovechamiento y conservación de los recursos naturales y culturales.
Para efectos de la aplicación del presente Reglamento se observarán las siguientes definiciones:
5.1 Bases del Concurso Público: Documento que contiene el procedimiento y disposiciones para participar y acceder al beneficio del Programa “Turismo Emprende”.
5.2 Beneficiarios: Personas naturales o jurídicas, ganadores del Concurso Público, que firman un Convenio de Financiamiento...
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