RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 78-2019-P-CSJV/PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Oficializan acuerdo mediante el cual se restringe la competencia notarial a 24 Juzgados de Paz Urbanos-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 78-2019-P-CSJV/PJ

Fecha de disposición20 Febrero 2019
Fecha de publicación20 Febrero 2019
SecciónSección Única

Ventanilla, dieciocho de febrero de dos mil diecinueve.

VISTOS: El acta de sesión extraordinaria de sala plena de fecha 21 de diciembre de 2018; Oficio Nº 062-2019-ONAJUP-CE-PJ y,

CONSIDERANDO:

Primero: Mediante Informe Nº 007-2018-ODAJUP-CSJV-PJ, de fecha 2 de julio de 2018, la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz (en adelante, ODAJUP) informó sobre la necesidad de establecer la competencia notarial de los Juzgados de Paz de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, en razón a que en este distrito judicial se encuentran funcionando notarías públicas que limitan la función notarial del Juez de Paz Urbano.

Segundo: En atención a ello, mediante Resolución Administrativa Nº 276-2018-P-CSJV/PJ, de fecha 17 de julio de 2018, se conformó la Comisión para la Determinación de las Competencias Notariales de los Juzgados de Paz Urbanos de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, a fin de determinar la función notarial de los Juzgados de Paz Urbano de este distrito judicial.

Tercero: Mediante Informe de fecha 16 de noviembre de 2018, la referida comisión concluyó que, teniendo en cuenta la existencia de notarías en este distrito judicial, la situación geográfica de los Juzgado de Paz, la accesibilidad de la población hacia dichas notarías y el pronunciamiento remitido por el Colegio de Notarios del Callao, los Juzgados de Paz Urbano de esta Corte Superior de Justicia no deben ejercer la función notarial.

Cuarto: Sobre el particular, los señores Jueces Superiores Titulares acordaron por unanimidad aprobar la propuesta formulada por la Comisión para la Determinación de las Competencias Notariales de los Juzgados de Paz Urbanos, en la Décimo Octava Sesión Extraordinaria de la Sala Plena, llevada a cabo el 21 de diciembre de 2018. Posteriormente, mediante Oficio Nº 1289-2018-P-CSJV/PJ, de fecha 21 de diciembre de 2018, la Presidencia elevó en consulta a la Oficina Nacional de Justicia de Paz el referido acuerdo, a fin de que se pronuncie sobre si corresponde a la Presidencia expedir la resolución administrativa que suprime las competencias notariales de los señores jueces de Paz Urbano o al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

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