DECRETO DE ALCALDIA, N° 002, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - Declaran de prioritario interés institucional el uso responsable del plástico en todos los órganos, empresas municipales y organismos descentralizados de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y dictan diversas disposiciones-DECRETO DE ALCALDIA-N° 002
Fecha de publicación | 11 Febrero 2019 |
Fecha de disposición | 11 Febrero 2019 |
Materia | Derecho Público y Administrativo,Derecho del Medio Ambiente |
Declaran de prioritario interés institucional el uso responsable del plástico en todos los órganos, empresas municipales y organismos descentralizados de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y dictan diversas disposiciones
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 002
Lima, 7 de febrero de 2019
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece, que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. En concordancia, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; asimismo, el artículo X del Título Preliminar de la referida Ley señala que, los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar, entre otros, la sostenibilidad ambiental;
Que, conforme se establece en el numeral 4.1 del artículo 159 de la citada Ley N° 27972, es competencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima formular los planes ambientales en su jurisdicción, así como controlar la preservación del medio ambiente;
Que, según el artículo 42 de la Ley Nº 27972, es de considerarse que mediante los decretos de alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de intereses para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;
Que, los literales a) y d) del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, establecen que la gestión integral de los residuos sólidos deberá estar orientada, entre otros, a estimular la reducción del uso intensivo de materiales durante la producción de los bienes y...
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