RESOLUCION, N° 2614-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución que declaró la exclusión de candidato a la alcaldía de la Municipalidad Distrital de Huacachi, provincia de Huari, departamento de Ancash-RESOLUCION-N° 2614-2018-JNE

Fecha de disposición07 Febrero 2019
Fecha de publicación07 Febrero 2019

Expediente Nº ERM.2018030995

HUACACHI - HUARI - ÁNCASH

JEE HUARI (ERM.2018026895)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, tres de setiembre de dos mil dieciocho

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Eberth Epifanio Ríos Tamayo, personero legal de la organización política Partido Democrático somos Perú, en contra de la Resolución Nº 00936-2018-JEE-HUAR/JNE, de fecha 24 de agosto de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huari, que declaró la exclusión de Wenceslao Wilfredo Soto Kaqui, candidato a alcalde para la Municipalidad Distrital de Huacachi, provincia de Huari, departamento de Áncash, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

Mediante la Resolución Nº 00645-2018-JEE-HUAR/JNE, de fecha 1 de agosto de 2018, el Jurado Electoral Especial de Huaral (en adelante, JEE), en su artículo primero, resolvió inscribir la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Huacachi, provincia de Huari, departamento de Áncash, presentada por Eberth Epifanio Ríos Tamayo, personero legal de la organización política Partido Democrático somos Perú, en el marco de las Elecciones Municipales de 2018.

Mediante el Informe Nº 001-2018-EBVH-JEE-HUAR/JNE de fecha 24 de agosto de 2018, el área de Fiscalización de Hoja de Vida del JEE Huari, informó que en la Declaración Jurada de Hoja de Vida de candidato (en adelante DJHVC) de Wenceslao Wilfredo Soto Kaqui, candidato para la Municipalidad distrital de Huacachi, provincia de Huari, departamento de Áncash, habría omitido declarar información prevista en el numeral 23.3 del artículo 23 de la LOP, específicamente en el rubro VII Relación de sentencias.

Mediante el escrito de fecha 19 de agosto de 2018, el personero legal de la citada organización política indicó que, efectivamente, existen los procesos judiciales signados con el Nº 300-2011-CI, sobre obligación de dar suma de dinero y el Nº 1310-2012-0, del Cuarto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria sobre Omisión a la Asistencia Familiar, las mismas que no fueron declaradas por cuanto dichos expedientes se encuentran en archivo definitivo.

Respecto a lo resuelto por el Jurado Electoral Especial de Huari

Mediante la Resolución Nº 00936-2018-JEE-HRAL/JNE, de fecha 24 de agosto de 2018, el JEE resolvió excluir al candidato Wenceslao Wilfredo Soto Kaqui de la lista de candidatos inscritos para el Concejo Distrital de Huacachi, por la organización política Partido Democrático Somos Perú, argumentando lo siguiente:

  1. A través del Oficio Nº 00051-2018-JEE-HUARI/JNE, del 27 de junio de 2018, se solicitó a la Corte Superior de Justicia de Áncash, información sobre la situación jurídica de los candidatos que postulan en las presentes elecciones, entre ellos, Wenceslao Wilfredo Soto Kaqui.

  2. En mérito a ello, por Oficio Nº 2485-29018-P-CSJAN/PJ, del 18 de julio de 2018, dicho órgano jurisdiccional remitió la documentación requerida, sustentadas en los Informes Nº 029-2018-CDG-MPC-NCPP-CSJAN/PJ y Nº 027-2018-CDG-CSJAN/PJ, elaborados por el Jefe del Área de Atención al Público - CDG del Módulo Penal Central-NCPP y el Jefe de Oficina del Centro de Distribución General de la Corte Superior de Justicia de Áncash, respectivamente.

  3. Conforme a la información brindada por la Fiscalizadora de Hoja de Vida, y estando a lo manifestado por el candidato Wenceslao Wilfredo Soto Kaqui, se verificó la existencia de un proceso judicial por obligación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR