RESOLUCION JEFATURAL, N° 000014-2019/JNAC/RENIEC, ORGANOS AUTONOMOS, REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL - Modifican el artículo primero de la R.J. N° 508-2011-JNAC-RENIEC, a fin de adecuar en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales (RUIPN), la condición de discapacidad de las personas a lo dispuesto por el literal l) del artículo 32° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC-RESOLUCION JEFATURAL-N° 000014-2019/JNAC/RENIEC
Emisor | REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL |
Fecha de la disposición | 5 de Febrero de 2019 |
Lima, 5 de febrero de 2019
VISTOS: El Informe N° 000007-2018/PCV/GOR/RENIEC (29NOV2018) y la Hoja de Elevación N° 000330-2019/GOR/RENIEC (30NOV2018) de la Gerencia de Operaciones Registrales; el Informe N° 000066-2018/GRIAS/SGFI/RENIEC (10DIC2018) de la Sub Gerencia de Fomento de la Identidad de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; la Hoja de Elevación N° 000152-2018/GRIAS/RENIEC (11DIC2018) de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Memorando N° 000015-2019/GG/RENIEC (09ENE2019) de la Gerencia General; el Informe N° 000024-2019/GAJ/SGAJR/RENIEC(21ENE2019) y la Hoja de Elevación N° 000005-2019/GAJ/SGAJR/RENIEC (28ENE2019) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica, las Hojas de Elevación Nº 000055-2019/GAJ/RENIEC (21ENE2019) y N° 000066-2019/GAJ/RENIEC (28ENE2019) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú, el RENIEC se constituye como órgano integrante del Sistema Electoral; correspondiéndole, de acuerdo a lo establecido en el artículo 196° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones y el artículo 7° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, preparar y mantener actualizado el padrón electoral, sobre la base del Registro Único de Identificación de las Personas Naturales - RUIPN, a emplearse en los procesos electorales convocados;
Que mediante Resolución Jefatural N° 508-2011-JNAC-RENIEC, del 10 de octubre de 2011, el RENIEC dispuso que la Gerencia de Informática adecúe en el Registro Único de Identificación de...
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