RESOLUCION, Nº 2354-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución que resolvió excluir a candidato a alcalde de la Municipalidad Distrital de Paccho, provincia de Huaura, departamento de Lima-RESOLUCION-Nº 2354-2018-JNE

Fecha de disposición22 Enero 2019
Fecha de publicación22 Enero 2019
SecciónSección Única

Expediente Nº ERM.2018027625

PACCHO - HUAURA - LIMA

JEE HUAURA (ERM.2018007205)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, veinte de agosto de dos mil dieciocho

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Ramón Arístides Aldave Sotelo, personero legal titular de la organización política Movimiento Regional Unidad Cívica Lima, en contra de la Resolución Nº 1119-2018-JEE-HUAU/JNE, de fecha 9 de agosto de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaura, que resolvió excluir a Elmer Tejada Granados, candidato a alcalde de la Municipalidad Distrital de Paccho, provincia de Huaura, departamento de Lima, presentada por la citada organización política, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

Con fecha 19 de junio de 2018, Ramón Arístides Aldave Sotelo, personero legal titular de la organización política Movimiento Regional Unidad Cívica Lima (en adelante, organización política), presentó la lista de candidatos para el Concejo Distrital de de Paccho, provincia de Huaura, departamento de Lima.

Así, el Jurado Electoral Especial de Huaura (en adelante, JEE), mediante la Resolución N.° 00109-2018-JEE-HUAU/JNE, de fecha 21 de junio de 2018, admitió la solicitud de inscripción de lista de la organización política para el Concejo Distrital de Paccho, provincia de Huaura, departamento de Lima.

Mediante la Resolución Nº 00428-2018-JEE-HUAU/JNE, de fecha 28 de junio de 2018, el JEE de oficio dispuso correr traslado a la Fiscalizadora de Hoja de Vida, de la sentencia consignada por el candidato Elmer Tejada Granados, para el informe correspondiente.

La Fiscalizadora de Hoja de Vida, emitió su Informe Nº 003-2018-MJRO-FHV-HUAURA/JNE, de fecha 17 de julio de 2018, concluyendo que el candidato referido se encontraría incurso en el literal h del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM); por tener sentencia firme, de fecha 18 de mayo de 2016, dictada por el Primer Juzgado Unipersonal Transitorio de Huaura, Expediente Nº 01738-2008-JR-PE-01, Resolución Nº 73, que condena como autor del delito de peculado, imponiéndosele cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida. Por lo que, mediante la Resolución Nº 00859-2018-JEE-HUAU/JNE, de fecha 26 de julio de 2018, se dispuso correr traslado al...

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