ORDENANZA, Nº 144-2018-CR/GRC.CUSCO, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO - Crean el Consejo Regional de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Región Cusco - CORTIC-ORDENANZA-Nº 144-2018-CR/GRC.CUSCO

Fecha de disposición17 Enero 2019
Fecha de publicación17 Enero 2019
SecciónSección Única

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO

REGIONAL DE CUSCO

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en la Décima Sesión Ordinaria de fecha trece de agosto del año dos mil dieciocho, ha debatido y aprobado el Dictamen Nº 009-2018.GR CUSCO-CR-P/COPPATA, emitido por la Comisión Ordinaria de Planificación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración del Gobierno Regional de Cusco, sobre el Proyecto de Ordenanza de “Creación del Consejo Regional Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Región Cusco”; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional sobre Descentralización aprobada mediante Ley Nº 30305, establece “Las regiones tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones“. La Estructura básica de los Gobiernos Regionales la conforman el Consejo Regional como ente normativo y fiscalizador (…)” ;

Que, el numeral 17.1 del Artículo 17º de la Ley Nº 27783Ley de Bases de la Descentralización, señala que : Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas”;

Que, el numeral 1) del Artículo de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobierno Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, establece que : “La gestión de los gobiernos regionales se rige, entre otros, por el principio de la participación, por el que la gestión regional desarrollará y hará uso de instancias y estrategias concretas de participación ciudadana en las fases de formulación, seguimiento, fiscalización y evaluación de la gestión de gobierno y de la ejecución de los planes, presupuestos y proyectos regionales. Así mismo, el Artículo 13º de la norma acotada establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se...

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