RESOLUCION, N° 337-2018-SERNANP, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO - Aprueban la actualización del Plan Maestro del Parque Nacional del Manu, reconocido como zona núcleo de la Reserva de Biósfera del Manu y como sitio de Patrimonio Natural de la Humanidad por la UNESCO, periodo 2019 - 2023-RESOLUCION-N° 337-2018-SERNANP

EmisorSERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
Fecha de la disposición31 de Diciembre de 2018

Lima, 31 de diciembre de 2018

VISTO:

El Informe Nº 668-2018-SERNANP-DGANP del 06 de diciembre de 2018, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas y el Informe Nº 788-2018-SERNANP-DDE del 26 de octubre de 2018, de la Dirección de Desarrollo Estratégico del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE, y en su autoridad técnico normativa;

Que, de conformidad con el literal g) del artículo de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, el artículo 18º de la precitada Ley, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específico, por tipo de recursos y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismo que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro del Área;

Que, el artículo 20º de la precitada Ley, establece que la misma Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada ANP y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos y revisado cada cinco (5) años;

Que, mediante Decreto Supremo Nº...

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