DECRETO SUPREMO, N° 001-2019-MINCETUR, PODER EJECUTIVO, COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO - Decreto Supremo que dispone la modificación de diversos artículos de los Reglamentos de Seguridad para la Prestación del Servicio Turístico de Aventura y de Canotaje Turístico-DECRETO SUPREMO-N° 001-2019-MINCETUR

Fecha de publicación05 Enero 2019
Fecha de disposición05 Enero 2019
MateriaDerecho Procesal

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo–MINCETUR, señala que el MINCETUR es el ente rector en materia de comercio exterior y turismo, teniendo entre sus funciones establecer el marco normativo para el desarrollo de las actividades turísticas, supervisando el cumplimiento de la normatividad emitida en el ámbito de su competencia;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2016-MINCETUR, se aprobó el Reglamento de Seguridad para la Prestación del Servicio Turístico de Aventura, el cual tiene por objeto establecer las disposiciones administrativas para la seguridad en la prestación del servicio de turismo de aventura, a través de las Agencias de Viajes y Turismo debidamente autorizadas por el Órgano Competente;

Que, por Decreto Supremo Nº 006-2016-MINCETUR, se aprobó el Reglamento de Canotaje Turístico, el cual tiene por objeto determinar las disposiciones administrativas que regulan la actividad del canotaje turístico, a través de las Agencias de Viajes y Turismo debidamente autorizadas por el Órgano Competente;

Que, resulta necesario que el MINCETUR en su condición de ente rector del Sector Turismo, imponga medidas administrativas con la finalidad de fomentar la formalización y la mejora de la competitividad de la prestación del servicio turístico en el país, a través de disposiciones que faciliten el cumplimiento de las obligaciones que tienen los prestadores de servicios turísticos ante las autoridades competentes, las cuales, aunadas a las estrategias de capacitación y promoción, permitirán el incremento de prestadores de servicios turísticos formales;

Que, de otro lado, el Plan Estratégico Nacional de Turismo–PENTUR 2025, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 231-2016-MINCETUR, propone fomentar la formalización en estrecha coordinación con el sector privado, tomando en consideración que el sector informal genera un factor externo negativo que se agrega a su efecto adverso sobre la eficiencia en la prestación de los servicios turísticos;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 367-2016-MINCETUR, se aprobó el “Plan de Apoyo a la Formalización del Sector Turismo”, con la finalidad de fomentar la formalización y mejora de la competitividad en la prestación de los servicios turísticos;

Que, en ese contexto normativo, resulta conveniente modificar diversos artículos del Reglamento de Seguridad para la Prestación del Servicio Turístico de Aventura y del Reglamento de Canotaje Turístico, con la finalidad incorporar medidas de simplificación, eficacia, eficiencia, celeridad y equidad en los procedimientos administrativos regulados por dichas normas;

De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la...

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