RESOLUCION, Nº 019-2018/DP, ORGANOS AUTONOMOS, DEFENSORIA DEL PUEBLO - Aprueban Informe Defensorial N° 180-2018/DP 'El derecho a la salud mental. Supervisión de la implementación de la política pública de atención comunitaria y el camino a la desinstitucionalización'-RESOLUCION-Nº 019-2018/DP

EmisorDEFENSORIA DEL PUEBLO
Fecha de la disposición20 de Diciembre de 2018

Lima, 20 de diciembre del 2018

VISTO:

El Informe Defensorial Nº 180-2018/DP, «El derecho a la salud mental. Supervisión de la implementación de la política pública de atención comunitaria y el camino a la desinstitucionalización», elaborado por el Programa de Defensa y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Defensoría del Pueblo; y,

CONSIDERANDO:

Primero.- Atribuciones de la Defensoría del Pueblo en la supervisión de la prestación de los servicios públicos en salud mental: En atención a lo dispuesto por el artículo 162º de la Constitución Política del Perú y el artículo 1º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, es competencia de la Defensoría del Pueblo defender los derechos fundamentales de la persona y de la comunidad; así como supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración pública y la adecuada prestación de los servicios públicos a la ciudadanía;

Asimismo, el artículo 86° de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, ha designado a la Defensoría del Pueblo como Mecanismo Independiente encargado de promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) en el Estado peruano.

Sumado a ello, el artículo 26° de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo le confiere, con ocasión de sus investigaciones, la facultad de formular a las autoridades, funcionarios, funcionarias, servidores y servidoras de la administración pública, advertencias, recomendaciones, recordatorios de sus deberes legales, así como sugerencias para la adopción de nuevas medidas.

Por consiguiente, la Defensoría del Pueblo es competente para supervisar los servicios brindados por el Estado peruano dirigidos a atender los problemas de salud mental y, a su vez, evaluar los alcances y limitaciones en la implementación de la política pública de salud mental comunitaria, a fin de determinar la situación del derecho a la salud y los derechos conexos de las personas con problemas de salud mental, en especial de los grupos en situación de vulnerabilidad, como las personas con discapacidad;

Segundo.- Ámbito de la supervisión y metodología: La supervisión abarcó las 25 regiones del ámbito nacional y se realizó entre los meses de junio y septiembre de 2018. En dicho período se supervisó un total de 122 establecimientos y servicios de salud mental: 55 establecimientos de salud con internamiento del Ministerio de Salud (Minsa) y gobiernos regionales, de los 67 existentes a la fecha de la supervisión, conformados por hospitales generales de Nivel II.2 en adelante y hospitales psiquiátricos; 28 establecimientos de salud con internamiento del Seguro Social de Salud del Perú (EsSalud), de los 28 existentes a la fecha de supervisión, conformado por hospitales generales y Centros de Rehabilitación Integral para Pacientes Crónicos (Cripc); 28 Centros de Salud Mental Comunitario (Csmc), de los 33 existentes a la fecha de supervisión; 6 hogares protegidos, de los 6 existentes a la fecha de supervisión; 4 establecimientos para personas con problemas de salud mental de la Beneficencia Pública, de los 4 existentes a la fecha de supervisión; y 1 Centro de Reposo para personas con problemas de salud mental regentado por una entidad religiosa.

Tercero.- Resultados de la investigación Defensorial: Entre los principales hallazgos de la investigación se encuentran:

La política pública de salud mental. A pesar que el 20% de la población peruana adulta y adulta mayor presenta algún tipo de trastorno mental y, que la brecha de atención en salud mental afecta al 80% de la población, especialmente a las personas en situación de pobreza y pobreza extrema, el problema de la salud mental no es abordado en los principales documentos de planeamiento a nivel nacional (Acuerdo Nacional, Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, Política General de Gobierno 2021) lo que implica que el tema no se encuentra priorizado en la agenda nacional. Actualmente no existe un plan nacional de salud mental que estandarice la forma de abordar el problema de la salud mental a nivel sectorial y multisectorial.

La coexistencia del modelo comunitario y manicomial. A pesar que el Estado peruano ha optado por el modelo comunitario en la atención de la salud mental, el modelo manicomial aún se mantiene en algunos servicios del Minsa, de gobiernos regionales, de EsSalud, de la Beneficencia Pública y de establecimientos privados. El internamiento prolongado, el incumplimiento de instalación de los comités de desinstitucionalización, la ausencia de protocolos apropiados para la obtención del consentimiento informado de la propia persona usuaria, el uso común de la ropa de vestir, entre otros, contradicen abiertamente un modelo comunitario y de respeto de derechos, además de reflejar el incumplimiento de obligaciones internacionales asumidas por el Estado peruano con la ratificación de diversos tratados.

La implementación de los servicios de salud mental comunitaria. El 74.5% de hospitales generales de nivel II.2 en adelante del Minsa y gobiernos regionales, no han implementado su Unidad de Hospitalización de Salud Mental y Adicciones (Uhsma). La falta de disponibilidad de servicios impide la correcta implementación de la red de atención comunitaria de salud mental a nivel nacional y vulnera el derecho de las personas con problemas de salud mental a recibir atención en el establecimiento de salud cercano a su domicilio, originando, además, la desvinculación de su entorno familiar, social y comunitario. Asimismo, la brecha de implementación de hogares protegidos es de 97.5% a nivel nacional, respecto a la población que debe ser atendida por el Minsa, y 100% respecto a la población atendida por EsSalud. Si bien el Plan Nacional de Fortalecimiento de Servicios de Salud Mental Comunitaria 2018-2021 consideró la instalación de 44 hogares protegidos en el año 2018 a la fecha del informe, esto no se ha cumplido.

Sobre el gasto público para la implementación de los servicios de salud mental. El presupuesto para la atención de la salud mental es de 207 millones 783 mil 195 soles en el 2018. A pesar de que ha habido un aumento en comparación a otros años, éste solo representa el 0.1% del presupuesto nacional y el 1% del presupuesto del sector salud, evidenciando un trato diferente respecto al...

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