RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 0748/RE-2018, PODER EJECUTIVO, RELACIONES EXTERIORES - Autorizan viaje de personal de diversas entidades a la Antártida, en comisión de servicios-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 0748/RE-2018

Fecha de publicación15 Diciembre 2018
Fecha de disposición15 Diciembre 2018

Autorizan viaje de personal de diversas entidades a la Antártida, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 0748/re-2018

Lima, 12 de diciembre de 2018

CONSIDERANDO:

Que, el Perú se adhirió el 10 de abril de 1981 al Tratado Antártico, y en 1989 fue aceptado como Parte Consultiva del mismo al demostrar su interés científico en la Antártida, a través de las campañas científicas ANTAR I y ANTAR II y el establecimiento de la Estación Científica Antártica “Machu Picchu” (ECAMP);

Que, la Política Nacional Antártica, aprobada por Decreto Supremo N.° 014-2014-RE, dispone que debe asegurarse la realización y continuidad de las Campañas Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR), a fin de consolidar la presencia activa y permanente del Perú en el continente Antártico;

Que, la Política Nacional Antártica prescribe que es el Ministerio de Relaciones Exteriores la entidad del Estado peruano encargada de su formulación, coordinación, conducción y supervisión, toda vez que es su ente rector;

Que, la Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores de la Política Nacional Antártica, aprobada por Resolución Ministerial N.° 0624-2014-RE, establece como Acción Estratégica la ejecución anual de las Campañas Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR);

Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud del inciso 13 del artículo 6° de la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, es responsable de formular, coordinar, conducir y supervisar la Política Nacional Antártica, en cuyo marco se ejecutan todas las actividades que las entidades de los sectores público y privado realicen;

Que, el inciso k) del artículo 72° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 135-2010-RE, dispone como función específica de la Cancillería dirigir, gestionar y supervisar las actividades que desarrolla el Perú en el continente Antártico;

Que, mediante Resolución de Secretaría General N.° 144-2017-RE, de 25 de enero de 2017, se aprobó la Directiva N.° 001-2017-ORH/OGA/RE “Disposiciones para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional y el exterior”, la cual dispone que es de cumplimiento y observancia obligatoria por la Cancillería y sus Órganos Desconcentrados, comprendiendo a todos sus funcionarios y empleados que realicen viajes de comisión de servicios, así como a funcionarios y empleados públicos de otras instituciones y personas que no siendo funcionarios o empleados públicos realicen viajes en condición de representantes, delegados, comisionados o similares, con recursos del pliego presupuestal 008 Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, el numeral 4.1 de la citada Directiva señala que la comisión de servicios es el desplazamiento temporal programado o imprevisto que realiza el comisionado fuera de la ciudad donde se ubica su sede habitual de trabajo, por disposición de la autoridad competente, para realizar actividades relacionadas a los objetivos institucionales o funciones propias del Ministerio de Relaciones Exteriores; no pudiendo exceder, en ningún caso, el máximo de treinta (30) días calendario por vez;

Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante convenios marco de cooperación interinstitucional con las entidades nacionales participantes en las expediciones científicas peruanas a la Antártida, está facultado a brindar apoyo, promover y proveer los elementos, bienes y/o servicios necesarios con miras a la realización de actividades de investigación en las referidas campañas, cuya organización es de responsabilidad del Ministerio de Relaciones Exteriores como ente rector de la Política Nacional...

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