RESOLUCION MINISTERIAL, N° 380 -2018-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Designan Directores Titular y Suplente de la EPS TACNA S.A.-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 380 -2018-VIVIENDA

EmisorVIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Fecha de la disposición 9 de Noviembre de 2018

Lima, 9 de noviembre del 2018

VISTOS: El Oficio Nº 219-2018/300-330/EPS TACNA S.A. de la Empresa Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento TACNA S.A.; Memorándum Nº 979-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; el Informe Nº 263-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, dispone que son prestadores de los servicios de saneamiento, entre otras, las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, que pueden ser públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal privadas o mixtas;

Que, el párrafo 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo citado en el considerando precedente, dispone que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal está compuesto por un (1) representante, titular y suplente, de las municipalidades accionistas, propuesto a través de Acuerdo de Concejo Municipal; un (1) representante, titular y suplente, del gobierno regional, propuesto por el Consejo Regional a través del Acuerdo de Consejo Regional; y un (1) representante, titular y suplente, de la Sociedad Civil, propuesto por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sus estatutos o normas pertinentes;

Que, conforme a lo dispuesto por los párrafos 53.3 y 53.5 del artículo 53 del mencionado Decreto Legislativo, la designación del representante de la Sociedad Civil es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de Resolución Ministerial, considerando a los candidatos propuestos por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, teniendo dicha resolución mérito suficiente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la oficina registral correspondiente, siendo el único documento necesario para dicho fin;

Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, dispone en el párrafo 63.4 del artículo 63, que la revisión, evaluación y designación del...

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