RESOLUCION, Nº 173-2018-CONCYTEC-P, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA - Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y subvenciones a favor de personas jurídicas privadas para cofinanciar proyectos-RESOLUCION-Nº 173-2018-CONCYTEC-P

EmisorCONSEJO NACIONAL DE CIENCIA TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Fecha de la disposición 5 de Octubre de 2018

Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y subvenciones a favor de personas jurídica privadas para cofinanciar proyectos

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

Nº 173-2018-CONCYTEC-P

Lima, 5 de octubre de 2018

VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 005-2018-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ; y el Oficio del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, (en adelante, la Directiva);

Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo es responsable de verificar que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados, asimismo, con el visado de la presente Resolución, dicho dispositivo, alcanza también a Programas;

Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certificado de Crédito Presupuestario y de verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la presente Directiva;

Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Oficina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Verificar la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Verificar que la entidad o persona jurídica a quien se propone transferir o subvencionar, cuente con la Resolución que lo declare ganador del Instrumento Financiero respectivo; y iii) Verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva;

Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación de transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, por un importe total, ascendente a S/ 3´392,046.16 (Tres Millones Trescientos Noventa y Dos Mil Cuarenta y Seis con 16/100 Soles) señalando que permitirá cofinanciar proyectos ganadores de concursos públicos, para tal efecto, remite el Informe Técnico...

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