RESOLUCION, N° 1742-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Ihuarí, provincia de Huaral, departamento de Lima-RESOLUCION-N° 1742-2018-JNE
Emisor | JURADO NACIONAL DE ELECCIONES |
Fecha de la disposición | 6 de Octubre de 2018 |
Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Ihuarí, provincia de Huaral, departamento de Lima
RESOLUCIÓN Nº 1742-2018-JNE
Expediente Nº ERM.2018022685
IHUARÍ - HUARAL - LIMA
JEE HUARAL (ERM.2018016593)
ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, tres de agosto de dos mil dieciocho.
VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Gisella Rossana Ramírez Valladares de Destres, personera legal titular de la organización política Fuerza Popular, en contra de la Resolución Nº 00427-2018-JEE-HRAL/JNE, del 23 de julio de 2018, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Ihuarí, provincia de Huaral, departamento de Lima, con el objeto de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018.
ANTECEDENTES
El 19 de junio de 2018, Gisella Rossana Ramírez Valladares de Destres, personera legal titular de la organización política Fuerza Popular, presentó ante el Jurado Electoral Especial de Huaral (en adelante, JEE) la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Ihuarí, provincia de Huaral, departamento de Lima, con el objeto de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018.
Mediante Resolución Nº 00131-2018-JEE-HRAL/JNE, de fecha 1 de julio de 2018, el JEE resolvió declarar inadmisible la referida solicitud y otorgó a dicha organización política el plazo de dos (2) días calendario, a efectos de subsanar las observaciones advertidas, entre otras, por no acreditar haber nacido en la circunscripción electoral a la cual están postulando o domiciliar en ella dos (2) años continuos, respecto a la fecha de vencimiento para la presentación de solicitudes de inscripción de las listas de candidatos, esto es, el 19 de junio de 2018. Con fecha 4 de julio de 2018, la personera legal presentó el escrito de subsanación, pretendiendo levantar las observaciones advertidas por el JEE, adjuntando los medios probatorios.
Conforme a la Resolución Nº 00427-2018-JEE-HRAL/JNE, del 23 de julio de 2018, el JEE declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Ihuarí, provincia de Huaral, departamento de Lima, de la citada organización política...
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