DECRETO LEGISLATIVO, N° 1399, PODER EJECUTIVO, DECRETOS LEGISLATIVOS - Decreto Legislativo que impulsa el fortalecimiento de la micro, pequeña y mediana empresa y crea el Fondo CRECER-DECRETO LEGISLATIVO-N° 1399

Fecha de disposición09 Septiembre 2018
Fecha de publicación09 Septiembre 2018
SecciónSección Única

decreto legisLativo

Nº 1399

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

Que, mediante Ley N° 30823, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de gestión económica y competitividad, de integridad y lucha contra la corrupción, de prevención y protección de personas en situación de violencia y vulnerabilidad y de modernización de la gestión del Estado, el Congreso de la República ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar sobre dichas materias por un plazo de sesenta (60) días calendario;

Que, en ese sentido, el literal c) del numeral 2 del artículo 2 del citado dispositivo legal establece que el Poder Ejecutivo está facultado para legislar en materia de gestión económica y competitividad, a fin de impulsar el desarrollo productivo y empresarial de las Micro, Pequeña y Mediana Empresas (MIPYME) y de los sectores de alto impacto de la economía nacional, mejorando el financiamiento y otorgamiento de garantías y similares, así como estableciendo una nueva regulación del régimen societario, de garantía mobiliaria y del régimen de contrataciones. Asimismo, promover la formalización laboral. Estas disposiciones no implicarán restringir las competencias registrales y notariales; ni implicarán efectuar modificaciones sobre el régimen de las micro y pequeñas empresas (MYPE).

De conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Constitución Política del Perú y en ejercicio de las facultades delegadas de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artículo 2 de la Ley N° 30823;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y

Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;

Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:

DECRETO LEGISLATIVO QUE IMPULSA EL FORTALECIMIENTO DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y CREA EL FONDO CRECER

Artículo 1 Objeto

El presente Decreto Legislativo tiene por objeto impulsar el desarrollo productivo y empresarial de la micro, pequeña y mediana empresa y de las empresas exportadoras por su alto impacto en la economía nacional, a través del Fondo CRECER para el financiamiento, otorgamiento de garantías y similares, y otros productos financieros.

Artículo 2 Creación del Fondo Crecer

2.1 Créase el Fondo CRECER, para lo cual se consolidan los siguientes fondos (en adelante Fondos):

  1. El Fondo MIPYME, creado mediante Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país.

  2. El Fondo de Respaldo para la Pequeña y Mediana Empresa, constituido mediante Decreto de Urgencia N° 050-2002.

  3. El Fondo de Garantía Empresarial – FOGEM, creado mediante Decreto de Urgencia N° 024-2009.

  4. El Fondo para el Fortalecimiento Productivo de las MYPE – FORPRO, creado por Decreto de Urgencia Nº 008-2017, que dicta medidas complementarias para la atención de emergencias generadas por el Fenómeno del Niño Costero y para la reactivación y fortalecimiento productivo de la micro y pequeña empresa.

    2.2 El Fondo CRECER se constituye para el desarrollo e implementación de los siguientes instrumentos financieros a través de empresas supervisadas y/o autorizadas por la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o la Superintendencia del Mercado de Valores, según corresponda:

  5. El otorgamiento de créditos para la adquisición de activo fijo y/o capital de trabajo.

  6. El otorgamiento de garantías y/o coberturas en respaldo de créditos otorgados por las empresas del sistema financiero, incluso cuando dichos créditos hayan sido transferidos bajo cualquier modalidad a patrimonios autónomos.

  7. El reafianzamiento de operaciones realizadas por empresas afianzadoras y de garantías, así como por otras autorizadas a realizar operaciones de afianzamiento y que son establecidas en el Reglamento.

  8. El otorgamiento de créditos, garantías y/o coberturas para operaciones de factoring o descuento de instrumentos de contenido crediticio.

  9. La inversión en patrimonios autónomos administrados por sociedades administradoras, cuyos certificados de participación se coloquen mediante oferta pública; así como el otorgamiento de garantías y coberturas a favor de dichos patrimonios. Excepcionalmente, se pueden considerar otros mecanismos de colocación en el Reglamento, previa sustentación por parte de la entidad proponente.

  10. Otros instrumentos financieros establecidos en el Reglamento del Fondo CRECER.

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