DECRETO SUPREMO, N° 092-2018-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Decreto Supremo que aprueba la exoneración en el cobro de tasas por derecho de tramitación y el régimen de simplificación de los procedimientos de registro de marcas colectivas seguidos ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI-DECRETO SUPREMO-N° 092-2018-PCM

EmisorPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Fecha de la disposición 5 de Septiembre de 2018

Decreto Supremo que aprueba la exoneración en el cobro de tasas por derecho de tramitación y el régimen de simplificación de los procedimientos de registro de marcas colectivas seguidos ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI

decreto supremo

Nº 092-2018-pcm

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo N° 1033, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en el literal h) del numeral 2.1 del artículo 2 establece que el INDECOPI es el organismo autónomo encargado de administrar el sistema de otorgamiento y protección de los derechos de propiedad intelectual en todas sus manifestaciones en sede administrativa, lo que concuerda con lo establecido en el artículo 36 de la misma norma y el artículo 55 del Decreto Supremo N° 009-2009-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, que establecen que corresponde a la Dirección de Signos Distintivos proteger las marcas colectivas;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 085-2010-PCM, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del INDECOPI, el cual establece la tasa para el trámite de “Registro de Marcas de Productos, Servicios, Colectivas y de Certificación, Nombre Comercial y Lema Comercial” que asciende a 12.89% de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT;

Que, mediante Decreto Supremo N° 086-2017-PCM se exoneró del cobro de la tasa por derecho de tramitación de los procedimientos de “Registro de Marcas de Productos, Servicios, Colectivas y de Certificación, Nombre Comercial y Lema Comercial”, contemplada en el TUPA del INDECOPI para las solicitudes de marcas colectivas, aplicable a favor de las asociaciones de productores, fabricantes, prestadores de servicios, organizaciones o grupos de personas, comunidades campesinas y comunidades indígenas, que domicilien o que su actividad económica se desarrolle dentro del ámbito geográfico de las zonas declaradas en emergencia por el Poder Ejecutivo en el primer semestre del año 2017 como consecuencia de los fenómenos climatológicos;

Que, asimismo, en el mencionado Decreto Supremo se estableció un régimen temporal de simplificación de los procedimientos de registro de marcas colectivas para las áreas declaradas en emergencia como consecuencia de fenómenos climatológicos, de manera que el examen de forma contemplado en el artículo 52-A del Decreto Legislativo Nº 1075 -Decreto Legislativo que aprueba disposiciones complementarias a la Decisión de la Comunidad Andina que establece el Régimen Común sobre la Propiedad Intelectual- se realice dentro de los cinco (05) días hábiles de presentada la solicitud y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR