RESOLUCION DIRECTORAL.N° 683-2018 MTC/12.Texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 3O3 "Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea" - Nueva Edición, Enmienda 2.SEPARATA ESPECIAL Lunes 3 de setiembre de 2018 AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 683-2018 MTC/12 Texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 303 “Servicio Meteorológico para la Navegación A... -

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 3 de Septiembre de 2018

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Año del DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL

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separata especial

Martes 21 de enero de 2018

Resolución Directoral N° 683-2018- MTC/12

Lima, 8 de agosto del 2018

VISTO: El informe N° 0530-2018-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación y Promoción;

CONSIDERANDO:

Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú, siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronáuticas del Perú – RAP, conforme lo señala el literal c) del artículo de la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y el artículo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 050-2001-MTC;

Que, mediante Resolución Directoral N° 195-2018-MTC/12, del 21 de febrero de 2018, se aprobó la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 303 “Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea” – Nueva Edición, Enmienda 1;

Que, en el proceso continuo de elaboración normativa que desarrolla la Dirección General de Aeronáutica Civil y en cumplimiento del artículo 7º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, mediante la Resolución Directoral N° 572-2018-MTC/12, del 04 de julio de 2018, fue aprobada la difusión del texto del proyecto de modificación de la RAP 303 a través de la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, durante el período de difusión no han sido recibidos comentarios, habiéndose cumplido con el procedimiento de elaboración normativa, siendo procedente expedir el acto que apruebe la modificación del texto de la RAP 303;

Que, el texto de modificación de la RAP 303 cuenta con las opiniones favorables de la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones, la Dirección de Seguridad Aeronáutica y la Asesoría Legal, otorgadas mediante memoranda Nº 1157-2018-MTC/12.07, Nº 1591-2018-MTC/12.04 y N° 1265-2018-MTC/12.LEG, respectivamente; y la opinión favorable de la Dirección de Regulación y Promoción otorgada con el Informe N° 0530-2018-MTC/12.08;

De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC y estando a lo opinado por la Dirección de Regulación y Promoción;

SE RESUELVE:

Artículo 1 Aprobar el texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 303 “Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea” – Nueva Edición, Enmienda 2, el cual forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2 Dejar sin efecto los textos anteriores de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 303, materia de la modificación, que se opongan a la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS PAVIC MORENO

Director General de Aeronáutica Civil

Ministerio de Transportes y Comunicaciones

Dirección General de Aeronáutica Civil

Regulaciones Aeronáuticas del Perú

RAP 303

Servicio Meteorológico para la

Navegación Aérea

Nueva Edición Enmienda 2

Referencia:

- Ley de Aeronáutica

Civil N° 27261 y su Reglamento

- Anexo 3 (OACI) Servicio

meteorológico para la navegación

aérea internacional (Enmienda 78)

INDICE

CAPÍTULO 1 Definiciones y Abreviaturas

1.1 Definiciones

1.2 Expresiones de significado restringido

1.3 Abreviaturas

CAPÍTULO 2 Disposiciones generales

2.1 Aplicación

2.2 Finalidad, determinación y suministro del servicio meteorológico para la navegación aérea

2.3 Suministro, uso, gestión de la calidad e interpretación de la información meteorológica

2.4 Notificación por parte de los explotadores

2.5 Autoridad para auditar e inspeccionar

CAPÍTULO 3 Sistemas mundiales, centros de

apoyo y oficinas meteorológicas

3.1 Información meteorológica suministrada por otras instituciones

3.2 Oficinas meteorológicas

3.3 Oficinas meteorológicas de aeródromo

3.4 Oficinas de vigilancia meteorológica (OVM)

3.5 Carta Acuerdo con el observatorio de volcanes

CAPÍTULO 4 Observaciones e informes

meteorológicos

4.1 Estaciones y observaciones meteorológicas aeronáuticas

4.2 Acuerdo entre los proveedores ATS y los proveedores MET

4.3 Observaciones e informes ordinarios

4.4 Observaciones e informes especiales

4.5 Contenido de los Informes

4.6 Observación y notificación de elementos meteorológicos

4.7 Notificación de la información meteorológica a partir de sistemas automáticos de observación

4.8 Observaciones e informes de actividad volcánica

CAPÍTULO 5 Observaciones e informes de

aeronave

5.1 Obligación de hacer observaciones de aeronave

5.2 Tipos de observaciones de aeronave

5.3 Observaciones ordinarias de aeronave - designación

5.4 Observaciones especiales de aeronave - exenciones

5.5 Observaciones extraordinarias de aeronave

5.6 Otras observaciones extraordinarias de aeronave

5.7 Notificación de las observaciones de aeronave durante el vuelo

5.8 Retransmisión de aeronotificaciones por las dependencias ATS

5.9 Registro y notificaciones posteriores al vuelo de las observaciones de aeronave relativas a actividad volcánica

CAPÍTULO 6 Pronósticos

6.1 Utilización de los pronósticos

6.2 Pronósticos de aeródromo

6.3 Pronósticos de aterrizaje

6.4 Pronósticos de despegue

6.5 Pronósticos de área para vuelos a poca altura

CAPÍTULO 7 Información SIGMET, avisos de

aeródromo y avisos de cizalladura

del viento.

7.1 Información SIGMET

7.2 Avisos de aeródromo

7.3 Avisos y alertas de cizalladura del viento

CAPÍTULO 8 Información climatológica

aeronáutica

8.1 Disposiciones generales

8.2 Tablas climatológicas de aeródromo

8.3 Resúmenes climatológicos de aeródromo

8.4 Copias de datos de observaciones meteorológicas

CAPÍTULO 9 Servicio para explotadores y

miembros de las tripulaciones

de vuelo

9.1 Disposiciones generales

9.2 Exposición verbal, consulta y presentación de la información

9.3 Documentación de vuelo

9.4 Sistemas de información automatizada previa al vuelo para exposición verbal, consultas, planificación de vuelos y documentación de vuelo.

9.5 Información para las aeronaves en vuelo

CAPÍTULO 10 Información para los Servicios de

Tránsito Aéreo, Búsqueda y

Salvamento e Información

Aeronáutica

10.1 Información meteorológica para las dependencias de los servicios ATS

10.2 Información meteorológica para las dependencias de los servicios de búsqueda y salvamento

10.3 Información meteorológica para las dependencias de los servicios de información aeronáutica

CAPÍTULO 11 Necesidades y utilización de las

comunicaciones

11.1 Necesidades en materia de telecomunicaciones

11.2 Utilización de las comunicaciones del servicio fijo aeronáutico y de la Internet pública – boletines meteorológicos

11.3 Utilización de las comunicaciones del servicio fijo aeronáutico - Información elaborada por el sistema mundial de pronósticos de área

11.4 Utilización de las comunicaciones del servicio móvil aeronáutico.

11.5 Utilización del servicio de enlace de datos aeronáuticos – contenido del D-VOLMET

11.6 Utilización del servicio de radiodifusiones VOLMET

APENDICE A. Documentación de vuelo – Modelos de mapas y formularios

APENDICE B. Especificaciones técnicas relativas a los sistemas mundiales, centros de apoyo y oficinas meteorológicas

APENDICE C. Especificaciones técnicas relativas a observaciones e informes meteorológicos

APENDICE D. Especificaciones técnicas relativas a observaciones e informes de aeronaves

APENDICE E. Especificaciones técnicas relativas a pronósticos

APENDICE F. Especificaciones técnicas relativas a información SIGMET, avisos de aeródromo u avisos y alertas de cizalladura del viento

APENDICE G. Especificaciones técnicas relativas a información climatológica aeronáutica

APENDICE H. Especificaciones técnicas relativas a servicios prestados a explotadores y miembros de las tripulaciones de vuelo

APENDICE I. Especificaciones técnicas relativas a la información para los servicios de tránsito aéreo, los servicios de búsqueda y salvamento y los servicios de información aeronáutica

APENDICE J. Especificaciones técnicas relativas a las necesidades y utilización de las comunicaciones

ADJUNTO A. Precisión de la medición u observación, operacionalmente conveniente

ADJUNTO B. Precisión de los pronósticos, operacionalmente conveniente

CAPÍTULO 1 DEFINICIONES

1.1 Definiciones

Acuerdo regional de navegación aérea. Acuerdo aprobado por el Consejo de la OACI, normalmente por recomendación de una reunión regional de navegación aérea.

Aeródromo. Área definida de tierra o de agua que incluye todas sus edificaciones, instalaciones y equipos destinada a la llegada, salida y movimiento de aeronaves, pasajeros o carga en su superficie.

Aeródromo de alternativa. Aeródromo al que podría dirigirse una aeronave cuando fuera imposible o no fuera aconsejable dirigirse al aeródromo de aterrizaje previsto o aterrizar...

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