RESOLUCION, N° 0886-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Alto Biavo, provincia de Bellavista, departamento de San Martín-RESOLUCION-N° 0886-2018-JNE
Fecha de disposición | 18 Agosto 2018 |
Fecha de publicación | 18 Agosto 2018 |
Sección | Sección Única |
Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Alto Biavo, provincia de Bellavista, departamento de San Martín
Resolución Nº 0886-2018-JNE
Expediente Nº ERM.2018019621
ALTO BIAVO - BELLAVISTA - SAN MARTÍN
JEE MARISCAL CÁCERES (ERM.2018006657)
ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, diecinueve de julio de dos mil dieciocho
VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Kelly Maldonado Mosquera, personera legal titular de la organización política Vamos Perú, contra la Resolución Nº 00243-2018-JEE-MCAC/JNE, del 27 de junio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Mariscal Cáceres, que declaró improcedente su solicitud de inscripción de lista de candidatos al Concejo Distrital de Alto Biavo, provincia de Bellavista, departamento de San Martín, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.
ANTECEDENTES
El 19 de junio de 2018 (fojas 1), Kelly Maldonado Mosquera, personera legal titular de la organización política Vamos Perú, acreditada ante el Jurado Electoral Especial de Mariscal Cáceres (en adelante, JEE), presentó su solicitud de inscripción de lista de candidatos al Concejo Distrital de Alto Biavo, provincia de Bellavista, departamento de San Martín.
Mediante la Resolución Nº 00243-2018-JEE-MCAC/JNE, del 27 de junio de 2018 (fojas 83 a 85), el JEE declaró improcedente la referida solicitud de inscripción, al considerar que la organización política recurrente incumplió con las normas de democracia interna, dado que sus elecciones internas debieron realizarse en el distrito de Alto Biavo y no en la provincia de Bellavista, como aparece en el Acta de Elección Interna de Candidatos para Elecciones Municipales (fojas 2 a 10) (en adelante, Acta), de conformidad con el artículo 111 del Estatuto, el cual establece que la selección de candidatos para los gobiernos regionales, alcaldes y regidores provinciales y distritales, se realizará por medio de Congresos Regionales, Provinciales y Asambleas Distritales, respectivamente, previa evaluación o aprobación del Comité Ejecutivo Nacional (en adelante, CEN). Por el incumplimiento referido, la solicitud de inscripción de lista de candidatos de la citada organización política...
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