RESOLUCION, N° 0900-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Huando, provincia y departamento de Huancavelica-RESOLUCION-N° 0900-2018-JNE

Fecha de disposición17 Agosto 2018
Fecha de publicación17 Agosto 2018
SecciónSección Única

Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Huando, provincia y departamento de Huancavelica

Resolución Nº 0900-2018-JNE

Expediente Nº ERM.2018019883

HUANDO - HUANCAVELICA - HUANCAVELICA

JEE HUANCAVELICA (ERM.2018006120)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, diecinueve de julio de dos mil dieciocho

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Jaime Huerta Tarazona, personero legal titular de la organización política Movimiento Regional Agua, en contra de la Resolución Nº 00103-2018-JEE-HVCA/JNE, del 3 de julio de 2018, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Huando, provincia y departamento de Huancavelica, presentada por la citada organización política, en el marco del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

Mediante la Resolución Nº 00103-2018-JEE-HVCA/JNE, del 3 de julio de 2018 (fojas 118 a 122), el JEE declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos presentada por la organización política Movimiento Regional Agua, toda vez que no cumplió con los requisitos de democracia interna previstos en el artículo 29, numeral 29.2. literal b del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado mediante la Resolución Nº 0082-2018-JNE (en adelante, Reglamento), al haber señalado en el Acta de Elección Interna que la elección de los candidatos se realizó bajo la modalidad de lista completa, la cual no se encuentra prevista en el artículo 24 de la Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, LOP).

El 7 de julio de 2018, el personero legal titular de la organización política Movimiento Regional Agua, interpuso un recurso de apelación (fojas 126 a 135) en contra de la Resolución Nº 00103-2018-JEE-HVCA/JNE, bajo los siguientes argumentos:

  1. A efectos de determinar a los candidatos para las elecciones municipales del Concejo Distrital de Huando, la organización política Movimiento Regional Agua, convocó a elecciones internas, la misma que fue comunicada al Jurado Nacional de Elecciones, instalándose el Comité Electoral Distrital de Huando el día 20 de mayo de 2018, a las 10:00 horas.

  2. El citado comité dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 70 de su Estatuto, concordante con el artículo 24 literal a de la LOP, por lo que se optó, para dicha elección, por la modalidad de elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual directo y secreto de los afiliados y ciudadanos...

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