RESOLUCION, Nº 0484-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de El Agustino, provincia y departamento de Lima-RESOLUCION-Nº 0484-2018-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición31 de Julio de 2018

Confirman resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de El Agustino, provincia y departamento de Lima

Resolución N° 0484-2018-JNE

Expediente N° ERM.2018018385

EL AGUSTINO - LIMA - LIMA

JEE LIMA ESTE 2 (ERM.2018009781)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, tres de julio de dos mil dieciocho.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Ricardo Chiroque Paico, personero legal titular de la organización política Avanza País - Partido de Integración Social, contra la Resolución N° 00159-2018-JEE-LIE2/JNE, de fecha 22 de junio de 2018, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de El Agustino, provincia y departamento de Lima, y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

EI 19 de junio de 2018, Ricardo Chiroque Paico, personero legal titular de la organización política Avanza País - Partido de Integración Social, acreditado ante el Jurado Electoral Especial de Lima Este 2 (en adelante, JEE), presentó su solicitud de inscripción de lista de candidatos al Concejo Distrital de El Agustino, provincia y departamento de Lima.

Mediante la Resolución N° 00159-2018-JEE-LIE2/JNE, del 22 de junio de 2018, el JEE declaró improcedente la referida solicitud de inscripción, debido al incumplimiento de la cuota de género, conforme a lo dispuesto en el numeral 29.1 y en el literal c del numeral 29.2 del artículo 29 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado por Resolución N.º0082-2018-JNE (en adelante, Reglamento), el cual precisa que al ser un requisito de lista insubsanable, su incumplimiento debe ser sancionado con la improcedencia.

Con fecha 25 de junio de 2018, el personero legal titular de la organización política Avanza País - Partido de Integración Social interpuso recurso de apelación en contra de la mencionada resolución, solicitando que la misma sea revocada y se admita la inscripción de la lista, bajo los siguientes argumentos (fojas 116 a 118):

  1. “Que la Resolución N° 0089-2018-JNE, de fecha 7 de febrero de 2018, le causa agravio, por cuanto al dejar fuera de carrera a la lista de candidatos para el Concejo Distrital de El Agustino, provincia y departamento de Lima, se vulnera el derecho constitucional de la participación política amparada por el artículo 31 de la Constitución Política del Perú...

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