ORDENANZA, Nº 499/MM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES - Modifican la Ordenanza N° 490/MM, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad-ORDENANZA-Nº 499/MM

EmisorMUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Fecha de la disposición29 de Julio de 2018

Modfican la Ordenanza N° 490/MM, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad

ORDENANZA Nº 499/MM

Miraflores, 5 de junio de 2018

EL ALCALDE DE MIRAFLORES

POR CUANTO:

El Concejo de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTO: el Informe Nº 002-2018-GM/MM de la Gerencia Municipal, el Memorándum Nº 122 -2018-GPP/MM de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 31-2018-SGRE-GPP/MM de remisión del TUPA que contiene el Informe Técnico Nº 14-2018-SGRE-GPP/MM de la Subgerencia de Racionalización y Estadística y el Informe Legal Nº 113-2018-GAJ/MM de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Así también el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, según el artículo 9, numeral 8 de la Ley Nº 27972, le corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas;

Que, con el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM se aprueba la nueva metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad para las entidades públicas, que será de uso obligatorio en los procesos de elaboración y/o modificación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA). De igual modo, según el numeral 11.3 del artículo 11 del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración del TUPA en el marco de la Ley Nº 27444, en el caso de los TUPA de los Gobiernos Locales, previamente a su aprobación, deberán contar con la opinión favorable de la Gerencia Municipal;

Que, el numeral 43.1 del artículo 43, del Texto Único Ordenando de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, señala que el TUPA es aprobado por ordenanza cuando se trate de gobiernos locales, debiendo cumplirse la misma formalidad para sus modificaciones, siempre que no se trate de alguno de los supuestos contemplados en el numeral 43.5 del citado artículo;

Que, conforme lo establece la Ley Nº 27972, los gobiernos locales son órganos de representación del vecindario, que promueven la adecuada prestación de los servicios públicos y su desarrollo integral sostenible y armónico, que tienen entre sus funciones específicas exclusivas, entre otras, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias. De igual modo, el artículo 40 de la citada ley prescribe la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que los tributos denominados “Derechos” deben ser ratificados por la Municipalidad Provincial; procedimiento que para el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra establecido en la Ordenanza Nº2085, que sustituye la Ordenanza Nº 1533 y modificatorias, que aprueba el procedimiento de ratificación de ordenanzas tributarias en el ámbito de la provincia de Lima;

Que, mediante Ordenanza Nº 490/MM, de fecha 12 de setiembre 2017, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Miraflores, cuyos derechos fueron ratificados por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante el Acuerdo de Concejo Nº 387, el mismo que fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el 11 de noviembre de 2017;

Que, con Decreto de Alcaldía Nº 011-2017/MM, de fecha 21 de noviembre de 2017, se modificó el TUPA antes referido, a efectos de adecuarlo a lo aprobado en el Acuerdo de Concejo Nº 387, emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima;

Que, con el Decreto Supremo Nº 046-2017-PCM, publicado el 20 de abril de 2017, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y los Formatos de Declaración Jurada, compilando las modificaciones realizadas a la referida ley mediante Decretos Legislativos Nº 1200 y 1271, normas cuya entrada en rigor...

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