RESOLUCION MINISTERIAL, N° 266-2018-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Primera Convocatoria a nivel nacional del Programa Techo Propio para el Año 2018, para el otorgamiento de hasta 10,000 Bonos Familiares Habitacionales en la Modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio.-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 266-2018-VIVIENDA

EmisorVIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Fecha de la disposición24 de Julio de 2018

Primera Convocatoria a nivel nacional del Programa Techo Propio para el Año 2018, para el otorgamiento de hasta 10,000 Bonos Familiares Habitacionales en la Modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio.

RESOLUCIóN MINISTERIAL

Nº 266-2018-VIVIENDA

Lima, 24 de julio del 2018

VISTO, el Informe N° 232-2018-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU, de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, sustentado en el Informe Técnico Legal N° 046-2018-DGPPVU-BFH;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 27829, se crea el Bono Familiar Habitacional - BFH, como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que se otorga por una sola vez a los beneficiarios, sin cargo de restitución por parte de estos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y esfuerzo constructor; el cual se destina exclusivamente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interés social;

Que, con Resolución Ministerial Nº 054-2002-VIVIENDA, se declara de utilidad pública, la creación y desarrollo del Proyecto “Techo Propio”, con el objetivo, entre otros, de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna en concordancia con sus posibilidades económicas; así como, estimular la participación del sector privado en la construcción masiva de viviendas de interés social;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 236-2018-VIVIENDA, se aprobó el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional – BFH para la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio y se deroga el Reglamento Operativo para Acceder al Bono Familiar Habitacional para las modalidades de Aplicación de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda aprobado por Resolución Ministerial Nº 102-2012-VIVIENDA en el extremo referido a la modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio;

Que, el Reglamento Operativo aprobado por Resolución Ministerial N° 236-2018- VIVIENDA, dispone en el numeral 7.1 del artículo 7 y en el artículo 13 que la participación de las Entidades Técnicas y Grupos Familiares en el Programa Techo Propio se efectúa previa convocatoria publicada por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, con la finalidad de disminuir el déficit cuantitativo de vivienda es necesario convocar a la población a nivel nacional al otorgamiento de 10,000 Bonos Familiares Habitacionales;

Que, mediante Carta N° 3086-2018-FMV/GO, el Fondo MIVIVIENDA S.A. (FMV) solicita atención a 4,918 Grupos Familiares que en convocatorias anteriores se inscribieron en el Programa Techo Propio, bajo la modalidad de Construcción en Sitio Propio, los cuales en su momento accedieron a la condición de Grupos Familiares Elegibles, cuyos proyectos cuentan con su respectivo código, y además depositaron su ahorro, por un monto mínimo de Setecientos y 00/100 Soles (S/. 700.00) durante los años 2015, 2016, y 2017, el cual se...

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