DECRETO SUPREMO, N° 014-2018-MTC, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Decreto Supremo que modifica el artículo 14 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC-DECRETO SUPREMO-N° 014-2018-MTC

EmisorTRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Fecha de la disposición20 de Julio de 2018

Decreto Supremo que modifica el artículo 14 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC

DECRETO SUPREMO

Nº 014-2018-MTC

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, en adelante, la Ley, señala que la aeronáutica civil es el conjunto de actividades vinculadas al empleo de aeronaves civiles y se rige por la Constitución Política del Perú, por los instrumentos internacionales vigentes, por la citada Ley, sus reglamentos y anexos técnicos, las Regulaciones Aeronáuticas del Perú y demás normas complementarias;

Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil tiene amplias facultades para supervisar e inspeccionar todas las actividades aeronáuticas civiles, sean éstas realizadas por personas naturales o jurídicas, así como tomar todas las medidas adecuadas para garantizar la seguridad de las operaciones aéreas;

Que, asimismo, el numeral 11.2 del citado artículo de la Ley, dispone que los explotadores, así como las entidades públicas y privadas del ámbito aeronáutico, están obligados a permitir y facilitar a la Dirección General de Aeronáutica Civil el cumplimiento de sus funciones, las que se llevan a cabo a través de inspectores debidamente identificados;

Que, el artículo 14 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en adelante el Reglamento, señala que los inspectores debidamente identificados a que se refiere el numeral señalado en el considerando precedente, son competentes, según su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil;

Que, mediante Resolución Legislativa Nº 10358, el Estado Peruano aprueba la Convención de Aviación Civil Internacional, suscrita en la Conferencia Internacional de Aviación Civil, por lo que asume obligaciones ante la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo especializado de las Naciones Unidas que establece normas y métodos recomendados para el desarrollo seguro y ordenado de la aviación civil internacional;

Que, en octubre del año...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR