RESOLUCION, Nº 147-2018-SERNANP, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO - Aprueban "Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Contratos de Administración"-RESOLUCION-Nº 147-2018-SERNANP
Fecha de disposición | 14 Junio 2018 |
Fecha de publicación | 09 Julio 2018 |
Materia | Derecho Público y Administrativo,Derecho del Medio Ambiente |
Sección | Sección Única |
Aprueban “Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Contratos de Administración”
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
Nº 147-2018-SERNANP
Lima, 14 de junio de 2018
VISTO:
El Informe Nº 01-2018-SERNANP-DGANP-DDE- OAJ-OPP de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, la Dirección de Desarrollo Estratégico, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, que recomienda la modificación de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas para el otorgamiento de Contratos de Administración, aprobadas por la Resolución Presidencial Nº 097-2011-SERNANP.
CONSIDERANDO:
Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el SERNANP como organismo público técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente;
Que, en el marco del derecho de participación en la gestión ambiental contemplado en el Artículo III de la Ley General del Ambiente, y lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, respecto a que el Estado reconoce y promueve la participación del sector privado en la gestión de las Áreas Naturales Protegidas, para lo cual el SERNANP, podrá suscribir u otorgar, entre otras modalidades, Contratos de Administración;
Que, el objeto del Contrato de Administración es contribuir a una gestión más eficiente de las Áreas Naturales Protegidas, con el apoyo de personas jurídicas sin fines lucro, quienes asumen por ello, un conjunto de obligaciones establecidas expresamente en el artículo 120 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM prevé en su artículo 3 inciso j), que el SERNANP tiene entre sus funciones generales, la de otorgar derechos de uso y aprovechamiento a través de concesiones, autorizaciones y permisos u otros mecanismos para realizar actividades inherentes a los objetivos y funciones de las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional; asimismo el artículo 23 en sus incisos m) y n) establecen como funciones de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas el facilitar los procesos de participación y de gestión compartida y, el promover la suscripción de concesiones, contratos o convenios de administración de las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional para el uso sostenible de los recursos naturales y acciones conjuntas de conservación, respectivamente;
Que, mediante Resolución Presidencial Nº 097-2011-SERNANP, se aprobaron las Disposiciones Complementarias al Reglamento de Áreas Naturales Protegidas para el otorgamiento de Contratos de Administración de Áreas Naturales Protegidas;
Que, mediante el Informe Nº 03-2018-SERNANP-DGANP-DDE-OAJ-OPP elaborado por la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, la Dirección de Desarrollo Estratégico, la Oficina de Asesoría Jurídica y Oficina de Planeamiento y Presupuesto del SERNANP recomiendan la modificación de las referidas disposiciones complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, con el objetivo de contar con una norma que incorpore una mejora procedimental luego de la evaluación en los 7 (siete) años de vigencia y vista la necesidad de hacer una actualización, modificación y precisiones considerando requerimientos de información en plazos específicos, funciones clarificadas en el seguimiento y supervisión, entre otros relevantes;
Con las visaciones de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, Dirección de Desarrollo Estratégico, Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; y,
De conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 11, literal b), del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM.
SE RESUELVE:
Regístrese y comuníquese.
Pedro Gamboa Moquillaza
Jefe
Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas
por el Estado
Disposiciones Complementarias al Decreto Supremo N°007-2011-MINAM que modifica el Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Contratos de Administración en Áreas Naturales Protegidas del SINANPE
Resolución Presidencial N° 147-2018-SERNANP
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