RESOLUCION, Nº 057-2018-SUNEDU/CD, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS - Otorgan licencia institucional a la Universidad Jaime Bausate y Meza para ofrecer el servicio educativo superior universitario-RESOLUCION-Nº 057-2018-SUNEDU/CD

EmisorORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
Fecha de la disposición14 de Junio de 2018

Otorgan licencia institucional a la Universidad Jaime Bausate y Meza para ofrecer el servicio educativo superior universitario

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO

N° 057-2018-SUNEDU/CD

Lima, 14 de junio de 2018

  1. VISTOS:

    La Solicitud de Licenciamiento Institucional con Registro de Trámite Documentario N° 20010-2016-SUNEDU-TD, presentada el 12 de agosto de 2016 por la Universidad Jaime Bausate y Meza (en adelante, la Universidad); el Informe Técnico de Licenciamiento N° 014-2017-SUNEDU/02-12; el Informe N° 052-2018-SUNEDU/DILIC-EV; el Informe N° 079-2018-SUNEDU/DILIC-EV de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic); y el Informe Legal N° 282-2017/SUNEDU-03-06 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

  2. CONSIDERANDO:

    II.1 Antecedentes

    Que, según lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, el licenciamiento es el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento;

    Que, los numerales 15.1 y 19.3 de los artículos 15 y 19 de la citada ley, establecen como una de las funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, atribuida al Consejo Directivo, aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades;

    Que, mediante Resolución N° 006-2015-SUNEDU/CD, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó el “Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano”, que contiene: el Modelo de Licenciamiento Institucional, las CBC, el Plan de Implementación Progresiva del proceso de Licenciamiento y el Cronograma - Solicitud de Licenciamiento Institucional1;

    Que, la Universidad presentó su Solicitud de Licenciamiento Institucional (en adelante, SLI), de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional para Universidades Públicas o Privadas con autorización provisional o definitiva, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 007-2015-SUNEDU/CD2, vigente al momento de dicha presentación;

    Que, el 12 de agosto de 2016, la Universidad presentó su SLI, adjuntando la documentación exigida por el artículo 13 del acotado reglamento, la que incluyó su inscripción en la Partida Registral N° 01861948 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral IX-Lima;

    Que, iniciado el procedimiento, por Resolución de Trámite N° 140-2016, del 5 de octubre de 2016, la Dilic designó al equipo a cargo de la revisión documentaria;

    Que, revisada la documentación remitida por la Universidad, se efectuaron observaciones a la información presentada, por lo que mediante Oficio N° 417-2016/SUNEDU-02-12, notificado el 4 de noviembre de 2016, se requirió a la Universidad para que en el plazo de diez (10) días hábiles cumpla con subsanar las referidas observaciones;

    Que, el 7 y 22 de diciembre de 2016, la Universidad presentó documentación con el objetivo de levantar las observaciones realizadas a su SLI y continuar con el procedimiento de licenciamiento institucional;

    Que, posteriormente se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD, que aprobó las “Medidas de simplificación administrativa para el licenciamiento institucional” y el “Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional” (en adelante, el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR