ORDENANZA, Nº 552-MDJM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA - Ordenanza que aprueba los aranceles de costas y gastos procesales de los procedimientos de ejecución coactiva de la Municipalidad Distrital de Jesús María-ORDENANZA-Nº 552-MDJM

EmisorMUNICIPALIDAD DE JESAS MARAA
Fecha de la disposición13 de Junio de 2018

Ordenanza que aprueba los aranceles de costas y gastos procesales de los procedimientos de ejecución coactiva de la Municipalidad Distrital de Jesús María

ORDENANZA N° 552-MDJM

Jesús María, 8 de junio de 2018

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE JESÚS

MARÍA

VISTOS: en Sesión Ordinaria N° 13 de la fecha, el Informe N° 125-2018-MDJM-GATR-SGREC-EC-FHF de la Ejecutora Coactiva, el Informe N° 36-2018-MDJM-GATR-SRTEC de la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Ejecutoría Coactiva, los Informes N° 020 y N° 028-2018-MDJM-GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, los Informes N° 189 y N° 311-2018-MDJM-GAJRC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Memorándum N° 263-2018-MDJM-GM de la Gerencia Municipal, el Dictamen Conjunto N° 008-2018-MDJM-CEPP/CAJ de la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto y de la Comisión de Asuntos Jurídicos, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece el marco legal de los actos para la ejecución de las obligaciones tributarias y no tributarias de los gobiernos locales, entre otras entidades de la administración pública nacional;

Que, conforme al artículo 9º numeral 9.1) y artículo 25º numeral 25.4) de la mencionada norma, las costas y gastos procesales en que haya incurrido la entidad en la tramitación de los procedimientos de ejecución coactiva, son considerados obligación exigible dentro de los mismos procedimientos;

Que, la Primera Disposición Complementaria y Transitoria del T.U.O. de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas deberá mediante decreto supremo, aprobar en un plazo no mayor de sesenta (60) días, los topes máximos de aranceles de costas y gastos procesales de los procedimientos coactivos, que serán de obligatoria aplicación del gobierno nacional y de los gobiernos regionales y locales;

Que, teniendo en cuenta que el Ministerio de Economía y Finanzas no ha fijado hasta la fecha los topes máximos de los aranceles de costas y gastos procesales de los procedimientos coactivos, resulta necesario establecer en la Municipalidad Distrital de Jesús María, la normatividad pertinente para viabilizar el cobro de costas y gastos procesales de acuerdo a ley, por lo que corresponde aprobar las tablas que fijen los aranceles de costas y gastos procesales aplicables para los diferentes procedimientos coactivos de deudas tributarias y no tributarias;

Que, siendo obligación del Ejecutor Coactivo efectuar la liquidación de costas y gastos procesales, deberá ceñirse al arancel de costas procesales, conforme lo establece el artículo 10° del T.U.O. de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva;

Que, mediante documento de vistos, la Ejecutoría Coactiva eleva el proyecto de ordenanza sustentando que es necesario la aprobación de una nueva norma que actualice los aranceles de costas y gastos procesales incurridos por la administración en la tramitación de los procedimientos de ejecución coactiva, dado que la norma vigente a la fecha es la Ordenanza N° 007-MDJM del 26 de agosto de 1999, que fue emitida hace más de 18 años, periodo durante el cual el costo de vida sufrió variaciones que han elevado los precios de los bienes y servicios que inciden en el costo de los referidos aranceles;

Que, mediante Informe de vistos, la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Ejecutoría Coactiva, señala que resulta pertinente actualizar la norma que apruebe los aranceles de costas y gastos procesales de los procedimientos de ejecución coactiva de la Municipalidad de Jesús María, la misma que a su vez...

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