LEY, Nº 30779, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que dispone medidas para el fortalecimiento del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD)-LEY-Nº 30779
Fecha de disposición | 05 Junio 2018 |
Fecha de publicación | 05 Junio 2018 |
Sección | Sección Única |
LEY Nº 30779
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DISPONE MEDIDAS PARA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES (SINAGERD)
Declárase de interés nacional y urgente necesidad pública el fortalecimiento del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD).
Encárgase al Poder Ejecutivo la revisión y actualización de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y de la operatividad del SINAGERD como sistema funcional, considerando el diseño de estrategias transversales e intergubernamentales para su eficaz funcionamiento y la generación de capacidades en los tres niveles de gobierno.
En el plazo de ciento ochenta (180) días contados desde la publicación de la presente ley, el Poder Ejecutivo aprueba las normas e instrumentos de gestión correspondientes y alcanza al Congreso de la República los proyectos de ley que sean pertinentes.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS
PRIMERA. Sanción para alcaldes que incumplan sus funciones en materia de gestión del riesgo de desastres
Modifícase el artículo 25 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, modificado por el artículo 4 de la Ley 30055, en los términos siguientes:
Artículo 25.- Suspensión del cargo
El ejercicio del cargo de alcalde o regidor se suspende por acuerdo de concejo en los siguientes casos:
(…)
El cargo de alcalde se suspende por no instalar ni convocar por lo menos una vez cada dos meses al comité de seguridad ciudadana, dispuesto en la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; así como por no cumplir con las funciones en materia de defensa civil a que se refiere la Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD)
.
SEGUNDA. Sanción para gobernadores regionales que incumplan sus funciones en materia de gestión del riesgo de desastres
Modifícase el artículo 31 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por el artículo 5 de la Ley 30055, en los términos siguientes:
Artículo 31.- Suspensión del cargo
El cargo de gobernador, vicegobernador y consejero se...
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