RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 159-2018-P-CSJV/PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Designan integrante titular del Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 159-2018-P-CSJV/PJ

Fecha de disposición25 Mayo 2018
Fecha de publicación25 Mayo 2018
SecciónSección Única

Ventanilla, tres de mayo de dos mil dieciocho.-

VISTO: Las Resoluciones Administrativas N° 025-2017-P-CJV/PJ de fecha 18 de enero de 2017, modificado por Resoluciones Administrativas Nros. 189-2017-P-CSJV/PJ de fecha 20 de abril de 2017; 240-2017-P-CSJV/PJ de fecha 19 de mayo de 2017; y 480-2017-P-CSJV/PJ de fecha 29 de setiembre de 2017; y,

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Mediante Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el trabajo, se busca promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país, contando para ello, con el deber de prevención de los empleadores, el rol de fiscalización y control del Estado y la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales.

SEGUNDO: El artículo 29º de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, señala que los empleadores con veinte o más trabajadores a su cargo deben constituir un Comité de Seguridad y Salud en el trabajo – CSST, conformado en forma paritaria por igual número de representantes de la parte empleadora y de la parte de los trabajadores. Asimismo, los artículos 48º y 49º del Reglamento de la Ley Nº 29783, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, indica que el empleador, conforme lo establezca su estructura organizacional y jerárquica, designa a sus representantes entre el personal de dirección y de confianza, siendo que los trabajadores eligen a sus representantes titulares y suplentes mediante votación secreta y directa a través de un proceso electoral a cargo de la organización sindical mayoritaria.

TERCERO: Bajo ese razonamiento el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, precisa en los artículos 14º y 16º indica que el Sub Comité en cada Distrito Judicial deberá estar integrado por representantes del empleador (3 titulares y 3 suplentes) y de los trabajadores, elegidos en votación secreta y directa (3 titulares y 3...

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