RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 121-2018-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Incorporan diversos distritos de la provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, a la competencia territorial del Distrito Judicial de Ica-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 121-2018-CE-PJ

EmisorCONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Fecha de la disposición26 de Abril de 2018

Lima, 26 de abril de 2018

VISTO:

El Oficio N° 295-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ, que adjunta el Informe N° 027-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 029-2008-CE-PJ de fecha 30 de enero de 2008 y sus modificatorias, se establece que la finalidad de la actualmente denominada Comisión Nacional de Productividad Judicial, es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; así como, proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad, lo cual también se encuentra establecido en el literal b), del numeral 6.1., del Capítulo VI de la Directiva Nº 013-2014-CE-PJ, denominada “Lineamientos Integrados y Actualizados para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Productividad Judicial y de la Oficina de Productividad Judicial”, aprobada por Resolución Administrativa Nº 419-2014-CE-PJ de fecha 17 de diciembre de 2014.

Segundo. Que, por Resolución Administrativa Nº 266-2010-CE-PJ de fecha 26 de julio de 2010, se dispuso la adhesión del Poder Judicial a la implementación de las “100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad” y su obligatorio cumplimiento, en cuanto resulte pertinente, por todos los Jueces de la República, incluidos los Jueces de Paz; y, asimismo, se aprobó la “Carta de Derechos de las Personas ante el Poder Judicial Peruano”, disponiéndose su implementación en todos los Distritos Judiciales del país; estableciéndose, en el Principio (42) Proximidad de las “100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad” que “Se promoverá la adopción de medidas de acercamiento de los servicios del sistema de justicia a aquellos grupos de población que debido a las circunstancias propias de su situación de vulnerabilidad, se encuentran en lugares geográficamente lejanos o con especiales dificultades de comunicación”.

Tercero. Que, la Resolución Administrativa Nº 257-2011-CE-PJ de fecha 19 de octubre de 2011, dispuso que los órganos jurisdiccionales de las Provincias de Lucanas, Parinacochas y Paucar del Sara Sara, Departamento de Ayacucho, que se encontraban bajo la jurisdicción de la Sala Mixta Descentralizada de Nasca, Distrito Judicial de Ica, se incorporarán a la competencia territorial del Distrito Judicial de Ayacucho, asignándose en esa misma resolución, a partir del 1 de diciembre de 2011, una Sala Mixta Descentralizada Transitoria con sede en el Distrito de Puquio, Provincia de Lucanas y Distrito Judicial de Ayacucho con competencia territorial en las mencionadas provincias, siendo convertida dicha Sala Superior a permanente por Resolución Administrativa Nº 111-2015-CE-PJ de fecha 11 de marzo de 2015; sin embargo, debido a la falta de una adecuada infraestructura vial, los litigantes de los Distritos de Huac Huas, Llauta, Laramate, Ocaña, San Pedro de Palco y Otoca, todos de la Provincia de...

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