RESOLUCION, Nº 0144-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman Acuerdo de Concejo que declaró improcedente reconsideración presentada contra el Acuerdo Nº 19-2017-CDLO que declaró infundada solicitud de vacancia presentada contra alcalde de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, provincia y departamento de Lima-RESOLUCION-Nº 0144-2018-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición23 de Marzo de 2018

Expediente N° J-2017-00214-A01

LOS OLIVOS-LIMA-LIMA

VACANCIA

recurso de apelación

Lima, veintisiete de febrero de dos mil dieciocho

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Luis Alberto Jara Trebejo en contra del Acuerdo de Concejo N° 025-2017-CDLO, del 27 de octubre de 2017, que declaró improcedente su recurso de reconsideración presentado en contra del Acuerdo de Concejo N° 19-2017-CDLO, del 17 de agosto del mismo año, que, a su vez, declaró infundada su solicitud de vacancia presentada en contra de Pedro Moisés del Rosario Ramírez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, por la causal de restricciones de contratación, establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y teniendo a la vista el Expediente N° J-2017-00214-T01, y oídos los informes orales.

ANTECEDENTES

La solicitud de declaratoria de vacancia

Mediante escrito, de fecha 13 de junio de 2017 (fojas 60 a 64), Luis Alberto Jara Trebejo y Constantino Zacarías León Fabián solicitaron la vacancia de Pedro Moisés del Rosario Ramírez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, por considerarlo incurso en la causal de restricciones de contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), debido a los siguientes hechos:

  1. El alcalde celebró “acuerdo de voluntades” con su padre Moisés Eduardo del Rosario de la Cruz, al ser líderes y promotores de la organización política Vamos por Más. Ambos acordaron:

    - El uso de espacios publicitarios municipales.

    - El uso del lema municipal institucional “Vamos por Más”.

    - El uso de fondos públicos destinados a publicidad en banners, pintas y/o murales en las paredes públicas y privadas, canal de youtube, la página web institucional de la municipalidad y la página oficial del Facebook de la municipalidad, para su objetivo particular: la creación de la nueva organización política “Vamos por Más”.

  2. El 6 de setiembre de 2016, Moisés Eduardo del Rosario de la Cruz, padre del alcalde, adquiere el kit electoral de la organización política “Vamos por Más”, “decisión política tomada a raíz de la pérdida de inscripción del partido político original (Perú Posible de Alejandro Toledo)”.

  3. Los antes mencionados celebraron un contrato a fin de usar los bienes públicos municipales, la publicidad estatal y el presupuesto municipal para financiar la creación de la organización política.

  4. Se superpone el interés particular del alcalde y de su padre para promocionar mediante el uso del lema “Vamos por Más” en la publicidad estatal municipal.

  5. Con relación al primer elemento, “queda establecido que el señor alcalde acordó voluntades con su padre, para hacer uso de los espacios de publicidad estatal municipal antes, durante y después de la compra del kit electoral del partido político Vamos por Más y, de esta manera, dispuso de los recursos y bienes municipales”.

  6. Respecto al segundo elemento, el alcalde intervino de manera directa para internalizar el lema como un elemento distintivo de la gestión municipal, pero que, en realidad, busca promocionar el nombre de su partido político.

  7. Con relación al conflicto de intereses, este existió “entre informar al ciudadano olivense sobre algún asunto municipal distrital de interés para la colectividad con el interés privado de promocionar y difundir su nueva organización política”.

    Adjuntó fotografías y capturas de pantalla (fojas 68 a 78), registro de kits electorales adquiridos para inscribir organizaciones políticas locales (fojas 79 y 80), relación de organizaciones políticas que perdieron su inscripción (fojas 81 a 83), y constancias de afiliaciones (fojas 84 y 85).

    Descargos de la autoridad cuestionada

    El 14 de julio de 2017, por Carta N° 042-2017-MDLO/ALCALDÍA (fojas 112 y 113), el alcalde cuestionado rechazó cualquier vinculación con la iniciativa de fundar un movimiento político y afirmó lo siguiente:

    - No tuvo acuerdo alguno con su padre.

    - El 26 de diciembre de 2016, le solicitó a Moisés del Rosario de la Cruz que se abstenga de...

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