ORDENANZA.Nº 369.Ordenanza que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho.SEPARATA ESPECIAL Domingo 11 de marzo de 2018 AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO ORDENANZA Nº 369 ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y EL CUADRO ÚNICO DE INFR... -

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición11 de Marzo de 2018
SEPARATA ESPECIAL
Domingo 11 de marzo de 2018
AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU
MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE LURIGANCHO
ORDENANZA Nº 369
ORDENANZA QUE APRUEBA EL
REGLAMENTO DE APLICACIÓN
DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Y EL CUADRO ÚNICO DE
INFRACCIONES Y SANCIONES DE
LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN
DE LURIGANCHO
Firmado Digitalmente por:
EDITORA PERU
Fecha: 11/03/2018 04:30:19
Domingo 11 de marzo de 2018 /
El Peruano
2NORMAS LEGALES
ORDENANZA Nº 369
San Juan de Lurigancho, 28 de diciembre de 2017
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de diciembre de 2017, el Informe N° 1173-2017-SGCOYS-
GDE/MDSJL de fecha 02 de diciembre de 2017, de la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones, el
Informe N° 210-2017-SGDICNI-GP/MDSJL del 14 de diciembre del 2017, de la de la Sub Gerencia de Desarrollo
Institucional y Cooperación Nacional e Internacional, el Memorándum N° 655-2017-SGBSS-GDS-MDSJL del 14
de noviembre del 2017, de la Sub Gerencia de Bienestar Social y Salud, el Memorándum N° 0273-2017-SGTTV-
GDE/MDSJL del 14 de noviembre del 2017, de la Sub Gerencia de Transito, Transporte y Vialidad, el Memorándum
N° 0386-2017-SGLP-GDA-MDSJL del 14 de noviembre del 2017, de la Sub Gerencia de Limpieza Pública, el
Memorándum N° 223-2017-SGMAPJ-GDA-MDSJL del 15 de noviembre del 2017, de la Sub Gerencia de Medio
Ambiente, Parques y Jardines, el Memorándum N° 629-2017-GDA/MDSJL del 16 de noviembre del 2017, de la
Gerencia de Desarrollo Ambiental, el Memorándum N° 1608-2017-SGGRD-GDE/MDSJL del 20 de noviembre
del 2017, de la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, el Memorándum N° 1089-2017-SGOPHU-
GDU/MDSJL del 22 de noviembre del 2017, de la Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas,
el Memorándum N° 1527-2017-SGFyPE-GDE-MDSJL del 22 de noviembre del 2017, de la Sub Gerencia de
Formalización y Promoción Empresarial, el Memorándum N° 684-2017-GDE/MDSJL del 22 de diciembre del 2017,
de la Gerencia de Desarrollo Económico y el Informe N° 531-2017-GAJ/MDSJL del 27 de diciembre del 2017, de la
Gerencia de Asesoría Jurídica y documentos conexos, sobre Proyecto que aprueba el Reglamento de Aplicación
de Sanciones Administrativas y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de San Juan de
Lurigancho, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de
la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 (en adelante la LOM) establece que, los gobiernos locales tienen
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico,
le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, las mismas que tienen
rango de ley, conforme al artículo 200° inciso 4) de la Carta Fundamental;
Que, el artículo 40° de la LOM señala que las ordenanzas de la municipalidades provinciales y distritales en la materia de
su competencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio
de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y
las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa, además, el artículo 9° numeral 8) señala que,
corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; asimismo,
el artículo 46° señala que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones
correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que
hubiera lugar, siendo que mediante ordenanza se determina el régimen de sanciones administrativas por la infracción
a sus disposiciones estableciendo las escalas de multa en función de la gravedad de la falta así como la imposición de
sanciones no pecuniarias;
Que, con fecha 20 de marzo del 2017 se publicó el Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único
Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante el TUO), el mismo que
contiene en su capítulo III del título IV modificaciones sustantivas a la Ley 27444, en lo referente al procedimiento
sancionador, principalmente en su artículo 246°, el cual refiere los principios de la potestad sancionadora, siendo
uno de los principales el debido procedimiento, que establece la imposibilidad de imponer sanciones sin que se
haya tramitado el procedimiento respectivo, respetando las garantías del debido procedimiento, añadiendo que,
los procedimientos que regulan el ejercicio de la potestad sancionadora deben establecer la debida separación
entre la fase instructora y la sancionadora, encomendándolas a autoridades distintas;
Que, bajo este contexto normativo , la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones con Informe N°
1173-2017-SGCOYS-GDE/MDSJL de fecha 02 de diciembre de 2017, a través de la Gerencia de Desarrollo
Económico con Memorándum N° 684-2017-GDE/MDSJL de fecha 22 de diciembre del 2017, pone en consideración
la propuesta normativa por la que se apruebe el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro
Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, justi cando su elaboración
conforme a la publicación del TUO, la misma que estructura el Procedimiento Administrativo Sancionador, así como
los principios generales, los órganos competentes, requisitos que deben cumplir las noti caciones preventivas y las
resoluciones sub gerenciales de sanción administrativa y por tal motivo consideran derogar la Ordenanza N° 309,
la cual aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas - RASA y el Cuadro Único de Infracciones
y Sanciones – CUIS, toda vez que no se encuentra acorde con el TUO; precisando que el mismo, entenderá
un documento de gestión institucional, que normará el procedimiento de imposición de sanciones y ejecución de
sanciones administrativas, que será impuesto a través de la Policía Municipal o Inspectores Fiscalizadores de la
Sub gerencia de Control, Operaciones y Sanciones y de la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres,
concluyendo que se encuentra acorde con el marco legal vigente, es decir, al TUO. Asimismo, la referida propuesta
cuenta con el pronunciamiento favorable a la aprobación del proyecto de ordenanza de todas las áreas orgánicas
mencionadas en los vistos;
Que, siendo el objetivo de este proyecto de ordenanza, crear un nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones
Administrativas que regule el procedimiento sancionador, a efectos de mejorarlo y adecuarlo a la normatividad vigente,
así como a la dación de un nuevo Cuadro Único de Infracciones y Sanciones para la Municipalidad de San Juan de
Lurigancho, cuyas infracciones y sus correspondientes medidas complementarias se encuentren comprendidas en un
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NORMAS LEGALES
solo cuerpo normativo y no dispersas en varias normas, que conllevaría a la correcta conducción del procedimiento
sancionador, hace necesario regular de manera integral el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas que
regule la función scalizadora de la Corporación normando la competencia de los órganos de línea, el procedimiento de
scalización, imposición y ejecución de las sanciones administrativas, en consecuencia, se debe aprobar la ordenanza
propuesta;
Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, según Informe N° 531-2017-GAJ/
MDSJL de fecha 27 de diciembre del 2017, y contando con la aprobación mayoritaria del Concejo Municipal, en el
Cumplimiento de las facultades conferidas por el numeral 8) del Art. 9º y los Artículos 39°, 40° y 44° de la Ley 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades; se aprobó la siguiente norma:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES
ADMINISTRATIVAS (RASA) Y CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) de la
Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, que consta de IV artículos en el Título preliminar, de IV títulos
con 52 artículos y siete (7) disposiciones complementarias, el mismo que forma parte integrante de la presente
Ordenanza.
Artículo Segundo.- APROBAR como Anexo I de la presente ordenanza, el Cuadro Único De Infracciones y Sanciones
(CUIS) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el mismo que forma parte integrante de la presente
Ordenanza.
Artículo Tercero.- APRUÉBESE como Anexo II de la presente Ordenanza, los formatos siguientes: Notificación
Preventiva, Ficha de Inspección, Acta de Constatación, Acta de Retención y/o Retiro, Acta de Decomiso, Acta de
Atención al Administrado, Acta de Clausura Temporal, Acta de Clausura Definitiva, Acta de Destrucción, Acta de
Paralización de Obra, Acta de Devolución de Bienes Retirados y/o Retenidos, Acta de Levantamiento de Medida
Complementaria, los cuales serán utilizados por la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones.
Artículo Cuarto.- APRUÉBESE como Anexo III de la presente Ordenanza, los formatos siguientes: Noti cación
Preventiva, Acta de Constatación, Acta de Retención y/o Retiro, Acta de Decomiso, Acta de Clausura Temporal, Acta
de Clausura De nitiva, Acta de Destrucción, Acta de Paralización de Obra, Acta de Devolución de Bienes Retirados
y/o Retenidos, Acta de Levantamiento de Medida Complementaria, los cuales serán utilizados por la Sub Gerencia de
Gestión del Riesgo de Desastres.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Económico, la Sub Gerencia de Control,
Operaciones y Sanciones, Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y demás unidades competentes el estricto
cumplimiento de la presente Ordenanza; y, a la Secretaría General su publicación en el Diario O cial El Peruano, y a la
Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional www.munisjl.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ
Alcalde
REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS
DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo I.- POTESTAD SANCIONADORA DE LA MUNICIPALIDAD
La potestad sancionadora de la municipalidad se encuentra regulada por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley
27972 y Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS.
Artículo II.- PRINCIPIOS DE LA POTESTAD SANCIONADORA
La actividad scalizadora y el procedimiento sancionador que regula la presente norma, se rigen por los principios
establecidos en el Artículo 246° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-
2017-JUS, y demás principios generales del derecho que resulten aplicables; dichos principios serán aplicados dentro de
los márgenes del debido procedimiento, garantizando los derechos de los administrados.
Artículo III.- OBJETO Y FINALIDAD
El objeto de la presente Ordenanza es establecer un régimen para la investigación, supervisión, control, inspección y
la consecuente constatación de infracciones e imposición de sanción en cumplimiento de las obligaciones de carácter
administrativo que se encuentren establecidas en normas municipales y otros dispositivos legales, conforme las
atribuciones que en materia scalizadora brinda a los Gobiernos Locales la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley
Nº 27972; siendo la nalidad crear actitud cívica orientada al respeto y cumplimiento de las disposiciones por parte de
particulares e instituciones, que permitan la convivencia en comunidad y propicien el desarrollo sostenible del Distrito de
San Juan de Lurigancho.
Artículo IV.- SUJETOS DE CONTROL Y SANCIÓN
Las disposiciones dictadas en esta Ordenanza se aplicarán a toda Persona Natural o Jurídica, Pública o Privada y
cualquier agrupación de ellas, aún cuando no tuvieran constituido domicilio real y/o legal dentro del Distrito de San Juan
de Lurigancho.

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