ORDENANZA, Nº 002-2018-MDMP, GOBIERNOS LOCALES - Derogan la Ordenanza Nº 011-MDMP, que estableció que los comerciantes deben portar Carnet de Sanidad en el Distrito de Mi Perú-ORDENANZA-Nº 002-2018-MDMP

EmisorGOBIERNOS LOCALES
Fecha de la disposición 9 de Marzo de 2018

Mi Perú, 26 de enero de 2018

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

MI PERÚ.

POR CUANTO:

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE MI PERÚ

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proveído N° 01421-2018/GM, suscrito por el Gerente Municipal, el Informe N° 206-2018-GPP/MDMP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 251-2018/MDMP/GAJ, presentado por el Gerente de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo preceptuado en el artículo 194° de Nuestra Carta Magna, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972 – los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N° 27972Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, con fecha 08 de abril de 2017, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, la Ordenanza N° 011-MDMP “Ordenanza que establece que los Comerciantes deben Portar Carnet de Sanidad en el Distrito de Mi Perú”

Que, a través del Oficio N° 1209-2017/INDECOPI-CEB, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas de INDECOPI, comunica el inicio de la investigación de oficio a la Municipalidad Distrital de Mi Perú, con relación a las disposiciones establecidas en la Ordenanza N° 011-MDMP, por presuntamente transgredir lo establecido en el artículo 13° de la Ley N° 26842Ley General de Salud.

Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 206-2018-GPP/MDMP, señala que la Municipalidad Distrital de Mi Perú, actualmente no viene exigiendo a las personas que desarrollan actividades económicas, el contar con el carnet de sanidad, ni sancionando por ello, lo que se materializa en la ordenanza N°...

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