RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 0019-2018-MINAGRI-SENASA-DIAIA, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Aprueban formatos de evaluación sanitaria para la certificación de puestos de venta saludables de alimentos agropecuarios primarios y piensos, en mercados de abasto-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 0019-2018-MINAGRI-SENASA-DIAIA

Fecha de disposición03 Marzo 2018
Fecha de publicación03 Marzo 2018

Aprueban formatos de evaluación sanitaria para la certificación de puestos de venta saludables de alimentos agropecuarios primarios y piensos, en mercados de abasto

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 0019-2018-MINAGRI-SENASA-DIAIA

28 de febrero de 2018

VISTO:

El INFORME-0001-2018-MINAGRI-SENASA-DIAIA-SIAG/PMOLINA de fecha 27 de febrero de 2018, elaborado por la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;

Que, el articulo VIII del Título Preliminar, la Ley 27972, establece que: “Los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo”;

Que, en el inciso 1.4 del numeral 1 del artículo 81º de la Ley 27972, se señala las funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales, siendo una de ellas el normar y regular el transporte público y otorgar las correspondientes licencias o concesiones de rutas para el transporte de pasajeros, así como regular el transporte de carga e identificar las vías y rutas establecidas para tal objeto; asimismo, en el inciso 1.1 del numeral 1 del artículo 83º del mismo cuerpo normativo, señala que una de sus funciones específicas exclusivas a las municipalidades provinciales, es regular las normas respecto del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, en concordancia con las normas nacionales sobre la materia; por otro lado, el inciso 3.1 del numeral 3 del artículo 83º del acotado, señala como funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales el controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, a nivel distrital, en concordancia con las normas provinciales;

Que, el primer párrafo del artículo 16º del Decreto Legislativo Nº1062, Ley de Inocuidad de los Alimentos, establece que: “El Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, es la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria y tiene competencia exclusiva en el aspecto técnico, normativo y de vigilancia en materia de inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario destinados al consumo humano y piensos, de producción...

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