Resolución nº 166-2018/CPC-INDECOPI-PIU de Comisión de Protección al Consumidor, de 21 de Febrero de 2018

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2018
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente552-2017/PS0-INDECOPI-PIU

RESOLUCIÓN Nº 166-2018/INDECOPI-PIU EXP. EN ORPS Nº 552-2017/PS0-INDECOPI-PIU

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PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS

SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE PIURA (ORPS) PROCEDIMIENTO : SUMARÍSIMO

DENUNCIANTE : LUCÍA ANGELITA ORDINOLA CHÁVEZ (LA SEÑORA

ORDINOLA)

DENUNCIADO : CONECTA RETAIL S.A (CONECTA RETAIL) MATERIA : RECURSO DE APELACIÓN

ACTIVIDAD : TRANSPORTE DE PASAJEROS

SUMILLA: En el procedimiento sumarísimo iniciado por la señora Ordinola contra Conecta Retail la Comisión ha resuelto confirmar la resolución venida en grado, en el extremo que declaró fundada la denuncia interpuesta por infracción a los artículos 18° y 19° del Código, en tanto quedó acreditado que Conecta Retail entregó a la señora Ordinola, un vehículo con características distintas a las vendidas y especificadas en la tarjeta de propiedad. Asimismo, se confirma la multa impuesta, la medida correctiva, el pago de costos y costas, y su inscripción RIS del Indecopi.

SANCION: 2 UIT por infracción a los artículos 18° y 19° del Código.

Piura, 21 de febrero de 2018.

I. ANTECEDENTES

1.1. Hechos materia de denuncia

  1. Mediante escrito del 2 de agosto de 2017 presentado a través de Mesa de Partes de la Oficina Regional del Indecopi de Piura (en adelante, Mesa de Partes), y subsanado el 4 de agosto del 2017, la señora Ordinola denunció a Conecta Retail por presunto incumplimiento de la Ley N° 29571- Código de Protección y Defensa al Consumidor (en adelante Código), señalando lo siguiente:

    (i) Que, Conecta Retail le vendió una mototaxi marca Zongshen con placa de rodaje N° 2200-2C, color rojo, año 2014, al monto ascendente de S/ 6,394.24 nuevos soles.

    (ii) Que, el 12 de julio de 2016 su mototaxi fue retenida por el personal policial para llevarla a la comisaría debido a que el número de serie y motor no correspondían a los signados en la tarjeta de propiedad, siendo que desde dicha fecha su vehículo está incautado y depositado en las instalaciones del complejo judicial de Piura.

    (iii) Que, producto de la intervención la habrían denunciado penalmente junto con su esposo por la presunta comisión del delito contra la fe pública en la modalidad de Falsedad Genérica.

  2. La señora Ordinola solicitó como medidas correctivas: (i) se sancione administrativamente a Conecta Retail, (ii) se apliquen medidas correctivas reparadoras; y,
    (iii) se le repare e indemnice por daños y perjuicios. Asimismo, solicitó el pago de costas y costos.

    M-CPC-06/01

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  3. Mediante Resolución N° 1, de fecha 11 de agosto de 2017, el ORPS admitió a trámite la denuncia contra Conecta Retail, imputándole a título de cargo lo siguiente:

    (i) El hecho que, Conecta Retail habría entregado un vehículo con características distintas a las vendidas, como un posible incumplimiento a lo establecido en los artículos 18° y 19° del Código.

    (ii) El hecho que, Conecta Retail habría entregado a la señora Ordinola una tarjeta de propiedad con datos diferentes a los contenidos en el vehículo, como un posible incumplimiento a lo establecido en los artículos 18° y 19° del Código.

  4. Mediante escrito presentado el 19 de setiembre de 2017 vía Portal Web y el 20 de setiembre de 2017, a través de Mesa de Partes de la Oficina Regional del Indecopi de Piura (en adelante Mesa de Partes), Conecta Retail presentó sus descargos señalando lo siguiente:

    (i) Que, la denunciante precisó que las supuestas faltas habrían ocurrido en el año 2014, teniendo en consideración que la venta del vehículo ocurrió en diciembre de dicho año.

    (ii) Que, la denuncia ha sido presentada de agosto de 2017, fecha en la cual éste despacho ha perdido potestad sancionara para verificar cualquier discrepancia existente entre la bolea de venta, el vehículo vendido y la tarjeta de propiedad, motivo por el cual consideran que debe archivarse el extremo de la denuncia.

  5. Mediante escrito presentado el 27 de octubre de 2017, Conecta Retail señaló que hicieron la verificación completa del vehículo para que lo entregado sea lo que figure en la...

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