ORDENANZA, Nº 389-AREQUIPA, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA - Ordenanza Regional que establece y reglamenta el otorgamiento del tiempo de entrega de servicio de enfermería en la Región Arequipa-ORDENANZA-Nº 389-AREQUIPA

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Fecha de la disposición22 de Enero de 2018

Ordenanza Regional que establece y reglamenta el otorgamiento del tiempo de entrega de servicio de enfermería en la Región Arequipa

ORDENANZA REGIONAL

Nº 389-AREQUIPA

El Consejo Regional de Arequipa

Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

CONSIDERANDO:

Estando a las consideraciones desarrolladas en la Exposición de Motivos y en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional,

SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA:

ORDENANZA REGIONAL QUE ESTABLECE Y REGLAMENTA EL OTORGAMIENTO DEL TIEMPO

DE ENTREGA DE SERVICIO DE ENFERMERÍA

EN LA REGIÓN AREQUIPA

Artículo 1° Del Objeto

La presente Ordenanza Regional tiene por objeto establecer el marco normativo regional que determine y regule el otorgamiento del tiempo de entrega de servicio de enfermería, permitiendo, de esta manera, que las dependencias de los Hospitales que prestan el servicio de hospitalización y Centros de Salud que prestan el servicio de internamiento, en nuestra región, programen adecuadamente los turnos del profesional en enfermería, con sujeción a lo dispuesto por la Ley Nº 27669 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-SA.

Artículo 2° De la finalidad

Lograr una mejora significativa en la gestión de los recursos humanos que laboran en el sector salud, promoviendo una programación eficiente de los turnos del profesional en enfermería, cuyo resultado incida directamente en la prestación de servicios de calidad a favor de los ciudadanos.

Artículo 3° Del tiempo de entrega del servicio

El tiempo de entrega del servicio de enfermería, es el tiempo que emplea el profesional en enfermería al finalizar el turno para dar informe al profesional en enfermería del turno siguiente sobre el servicio, la situación de los pacientes y su evolución, así como del personal, mobiliario, patrimonio que haya tenido a su cargo y de cualquier eventualidad que se haya producido.

El tiempo de entrega del servicio equivale a treinta minutos (30) y se realiza inmediatamente después de concluida la jornada diaria, forma parte de jornada laboral conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27669 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº...

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