RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 359-2017-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Crean Juzgados de Paz en centros poblados y caserío de los Distritos Judiciales de Cajamarca, Lambayeque, Ayacucho y San Martín-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 359-2017-CE-PJ

EmisorCONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Fecha de la disposición20 de Diciembre de 2017

Lima, 20 de diciembre de 2017

VISTOS:

El Oficio N° 1448-2016-P-CSJSM/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín; el Informe N° 005-2016-ODAJUP-CSJSM/PJ, elaborado por la Coordinadora (e) de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de la Corte Superior de Justicia de San Martín; y, los Informes N° 009-2017-ONAJUP-CE/PJ y N° 095-2017-SEP-GP-GG-PJ, elaborados por el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, y la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia General del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de San Martín remite el acuerdo de Sala Plena de dicho Distrito Judicial, elevando el Informe N° 005-2016-ODAJUP-CSJSM/PJ, elaborado por la Coordinadora (e) de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de la Corte Superior de Justicia de San Martín, respecto a la solicitud de creación del Juzgado de Paz del Caserío Cordillera Andina, Distrito y Provincia de Moyobamba, Departamento de San Martín; a solicitud del Agente Municipal y Teniente Gobernador del mencionado caserío.

Segundo. Que los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz materia de propuesta.

Tercero. Que, conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR