ORDENANZA, Nº 000234/MDSA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA - Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad-ORDENANZA-Nº 000234/MDSA

Fecha de disposición07 Enero 2018
Fecha de publicación07 Enero 2018
SecciónSección Única

Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad

ORDENANZA Nº 000234/MDSA

Santa Anita, 29 de diciembre de 2017

VISTO, en sesión ordinaria de la fecha que se indica, la propuesta de modificación del ROF para incluir y/o modificar funciones de diversas unidades orgánicas, así como su denominación; presentado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, mediante Ley Nº 27658; Ley Marco de Modernización del Estado, declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado al servicio del ciudadano;

Que, Memorando Nº 293-2017-GPPR/MDSA, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, En el marco del artículo 22º del D.S. 043-2006-PCM que justifican la creación de nuevas unidades orgánicas, para lo cual el literal c) ha precisado “Si se establece, por la naturaleza de las funciones a desarrollar, la necesidad de independizar ciertos servicios o tareas”; resulta viable la creación de la SUBGERENCIA DE LA MUJER Y PROTECCIÓN FAMILIAR, encargada de la “promoción de desarrollo integral de la persona a través del fortalecimiento de la familia, la protección de los derechos y deberes de la mujer, niñas, niños y adolescentes”, desprendiéndose de la Subgerencia De Desarrollo Humano, Inclusión Social Y OMAPED, recomendado que ahora se denomine “Subgerencia de Desarrollo Humano, Participación ciudadana y OMAPED”, en razón al principio de especialidad conforme al cual se debe integrar las funciones afines y eliminar posibles conflictos de competencia y cualquier duplicidad de funciones entre sus órganos y unidades orgánicas. Propone además que la Subgerencia de Tramite Documentario y Archivo General pase a denominarse “Subgerencia de Atención al Ciudadano y Gestión Documental”; la Subgerencia del Centro Cultural de Arte y Conocimientos Innovadores pase a denominarse “Subgerencia de Cultura”, del mismo modo, la Subgerencia de Programa del Vaso de Leche y Comedores populares, debe...

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