DECRETO DE ALCALDIA, Nº 258-2017-MDSB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO - Aprueban la "Implementación de la segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos municipales en el distrito de San Bartolo"-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 258-2017-MDSB

Fecha de disposición29 Diciembre 2017
Fecha de publicación29 Diciembre 2017
MateriaDerecho Procesal

San Bartolo, 28 noviembre del 2017

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

SAN BARTOLO:

VISTO:

El Informe Nº 033-A -2017-MDSB/GM de fecha 23 de 2017 , Informe Nº 054-2017-MDSB/GSC de fecha 23 de noviembre del 2017, emitido por la Gerencia de Servicios donde solicita la “Aprobación de la Implementación de la Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Municipales, en el Distrito de San Bartolo”. E Informe Nº 032-A-2017/GM-MDSB de fecha 23 de noviembre del 2017 emitido por la Gente Municipal e Informe Nº 64-A-2017/MDSB de fecha 23 de noviembre del 2017 emitido por la Gerencia de Asesoría Legal y Registro Civil;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen (…) que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, señala que “(…) La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”. Asimismo, el Artículo IV de la acotada Ley, establece que “Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”.

Que, el Artículo 73º de la norma acotada, señala que “(…) Las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones específicas señaladas en el Capítulo II del presente Título, con carácter exclusivo o compartido, en las materias...

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